El Descuento de Efectos Comerciales

¿Sabes cómo funciona el descuento de efectos? Si cualquiera puede descontar un efecto, qué pasa si llegado el vencimiento el deudor no lo atiende, cuál es la operativa…

Estas cuestiones son los que vamos a tratar en este artículo.

 

En qué consiste el descuento de efectos

Es bastante habitual en el tráfico empresarial que las operaciones se paguen mediante la entrega de efectos comerciales (pagarés o letras de cambio).

La ventaja de esta forma de pago frente a otras es que los efectos comerciales pueden ser descontados, lo cual permite al acreedor cobrar el crédito con anterioridad a la fecha pactada.

A grandes rasgos el descuento de efectos funciona así:

“A” compra a “B” una mercancía por importe de 5.000 euros. Para pagarla le entrega un pagaré que vence dentro de 3 meses.

“B” puede hacer dos cosas con ese pagaré:

  • Esperar a que pasen los 3 meses y reclamarle el pago a “A”.
  • Ir al banco a descontar el pagaré, de manera que el banco le adelantará los 5.000 euros (y por ello le cobrará un precio); cuando pasen los 3 meses será el propio banco el que le reclame el pago a “A” y de esa forma se resarcirá del dinero que le ha adelantado a “B”.

Intervienen, pues, tres sujetos:

  • El acreedor, que es el titular del crédito que acude al banco a que le adelante el importe del efecto.
  • El deudor, que es quien tiene que hacer frente al pago del efecto una vez que llegue el vencimiento.
  • El banco, que es quien adelanta el dinero al acreedor y después le cobrará al deudor.

 

¿Cualquiera puede ir a cualquier entidad bancaria a descontar un efecto sin más trámite?

No.

Para que una empresa pueda empezar a descontar efectos en un banco determinado previamente ha tenido que celebrar un contrato de “línea de descuento” por un importe concreto.

Los bancos establecen una serie de requisitos de solvencia que la empresa debe cumplir para poder disponer de una línea de descuento y para determinar el importe de la misma.

Esto es lógico si se tiene en cuenta que, en realidad, al descontar un efecto la empresa se convierte en deudora del banco, por lo que es razonable que éste quiera tener el máximo de garantías de cobro.

Y tú dirás ¿cómo es que la empresa se convierte en deudora del banco? ¿el deudor no era el que ha entregado el efecto? Lo vemos en el siguiente punto.

 

¿Qué pasa si llegado el vencimiento el deudor no  paga el efecto?

Cuando una empresa descuenta un efecto contrae una deuda con el banco porque el banco le está “prestando” el dinero que representa el efecto, con la condición de que si llegado el vencimiento el efecto no es atendido será la empresa la que tenga que pagarlo.

Por lo tanto, contrae una obligación de pago que formará parte de su pasivo.

Hay que tener en cuenta que en las operaciones de descuento hay dos relaciones diferentes:

  • Una es la relación de la empresa con su cliente, en que está claro que hasta que el cliente no pague el efecto no habrá saldado su deuda.
  • Y otra es la relación de la empresa con el banco, en la que se convierte en deudora porque se compromete a pagar el efecto si el cliente no lo hace.

Por eso, las líneas de descuento fijan un importe máximo que funciona como límite porque el banco quiere asegurarse que la empresa tiene capacidad para hacer frente a los efectos que resulten impagados.

 

Reflejo contable

El plan contable contiene dos cuentas específicas para reflejar el descuento de efectos:

  • 4311 “Clientes, efectos comerciales descontados”
  • 5201 “Deudas por efectos descontados”

Ambas cuentas se cancelarán al vencimiento del efecto:

  • Porque el cliente ha pagado el efecto cuando se lo ha reclamado el banco.
  • Porque el cliente no ha pagado el efecto cuando se lo ha reclamado el banco y ha sido la empresa la que lo ha atendido, con lo cual la operación de descuento ha finalizado y la deuda con el banco se ha extinguido (aunque la del cliente siga en pie).

 

 

Eva Zamora

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