{"id":1431,"date":"2019-07-23T10:00:38","date_gmt":"2019-07-23T08:00:38","guid":{"rendered":"https:\/\/blog.gabilos.com\/?p=1431"},"modified":"2019-07-01T16:09:03","modified_gmt":"2019-07-01T14:09:03","slug":"tengo-que-hacer-un-plan-de-igualdad-para-mi-empresa","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blog.gabilos.com\/index.php\/2019\/07\/23\/tengo-que-hacer-un-plan-de-igualdad-para-mi-empresa\/","title":{"rendered":"\u00bfTengo que hacer un Plan de Igualdad para mi empresa?"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify\">Un Plan de Igualdad de Empresa es un instrumento t\u00e9cnico que permite a la empresa realizar un diagn\u00f3stico sobre la situaci\u00f3n de las mujeres y hombres que forman parte de la plantilla. Se trata de evaluar la pol\u00edtica salarial, el proceso de acceso y promoci\u00f3n, el sistema de formaci\u00f3n y la cultura laboral, con el fin de tener una idea clara de la situaci\u00f3n de las trabajadoras y trabajadores para comprobar si existen situaciones de desigualdad que pudieran vulnerar los derechos laborales de las trabajadoras.<\/p>\n<p>Una vez realizado el estudio, se dise\u00f1a de manera negociada con la empresa y representantes de las personas trabajadoras el Plan de Igualdad de Empresa, que consiste en un conjunto de actuaciones que a lo largo de un periodo de tiempo determinado tratar\u00e1n de impulsar la igualdad de oportunidades entre las trabajadoras y los trabajadores.<\/p>\n<p><strong>\u00bfEst\u00e1 obligada mi empresa a disponer de un Plan de Igualdad?<\/strong><\/p>\n<p><strong>1. Empresas de m\u00e1s de 50 trabajadores<\/strong><\/p>\n<p>Las empresas con cincuenta o m\u00e1s personas en plantilla tienen la obligatoriedad de dise\u00f1ar un Plan de Igualdad de Empresa consensuado, que adem\u00e1s debe ser inscrito en un registro p\u00fablico creado al efecto. Esta obligaci\u00f3n se implantar\u00e1 de forma paulatina en los pr\u00f3ximos a\u00f1os en funci\u00f3n del tama\u00f1o de su empresa. En concreto:<\/p>\n<p>&#8211; Si tiene de <span style=\"text-decoration: underline\">50 a 100 trabajadores<\/span> dispondr\u00e1 de un per\u00edodo de tres a\u00f1os para aprobar el plan de igualdad. As\u00ed, deber\u00e1 tenerlo a partir del 7 de marzo de 2022.<\/p>\n<p>&#8211; Si su empresa tiene entre <span style=\"text-decoration: underline\">101 y 150 trabajadoras<\/span>, dispondr\u00e1 de dos a\u00f1os, por lo que deber\u00e1 contar con el plan a partir del 7 de marzo de 2021.<\/p>\n<p>&#8211; Y si su plantilla es de entre <span style=\"text-decoration: underline\">151 y 250 empleados<\/span>, tendr\u00e1 un a\u00f1o, y deber\u00e1 disponer del plan a partir del 7 de marzo de 2020.<\/p>\n<p>Este requerimiento afecta a todo tipo de empresas, tanto p\u00fablicas como privadas. Igualmente, no importa el campo de intervenci\u00f3n: la industria, los servicios, la agricultura, etc.<\/p>\n<p>Si las empresas contratan con las Administraciones tienen que contemplar, que en las licitaciones se establecen cl\u00e1usulas que priman a las empresas que cuentan con Planes de Igualdad.<\/p>\n<p><strong>2. Cuando lo establezca el convenio colectivo<\/strong><\/p>\n<p>Independientemente del n\u00famero de trabajadores que tenga la empresa, si el convenio colectivo al que es aplicable indica que es necesario contar con un Plan de Igualdad, la empresa deber\u00e1 implantarlo en los t\u00e9rminos previstos en el mismo.<\/p>\n<p><strong>3. Cuando las autoridades as\u00ed lo exijan<\/strong><\/p>\n<p>Una empresa puede verse con la obligaci\u00f3n de tener que implantar un Plan de Igualdad si la autoridad laboral as\u00ed lo ha acordado tras un procedimiento sancionador.<\/p>\n<p><strong><br \/>\nObjetivos del Plan de Igualdad en la empresa<\/strong><\/p>\n<p>Mediante la implantaci\u00f3n de un Plan de Igualdad la empresa refuerza el compromiso con sus trabajadores, tanto hombres como mujeres, y pretende conseguir:<\/p>\n<p>&#8211; La eliminaci\u00f3n de las discriminaciones por razones de sexo.<\/p>\n<p>&#8211; La modificaci\u00f3n de la conducta de hombres y mujeres basada en ideas de inferioridad o superioridad.<\/p>\n<p>&#8211; La igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.<\/p>\n<p>&#8211; Prevenir el acoso sexual o el acoso por raz\u00f3n de sexo.<\/p>\n<p>&#8211; Mejorar la conciliaci\u00f3n personal, familiar y profesional.<\/p>\n<p>&#8211; Implantar un c\u00f3digo de conducta que proteja a la empresa y a los empleados.<\/p>\n<p>Todos estos objetivos ser\u00e1n los que se vayan evaluando con el tiempo a fin de determinar si se est\u00e1 llevando a cabo correctamente la aplicaci\u00f3n del Plan de Igualdad.<\/p>\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 sanciones existen para las empresas que no cumplen los planes de igualdad? <\/strong><\/p>\n<p>&#8211; La p\u00e9rdida autom\u00e1tica de ayudas, bonificaciones y, en general, de los beneficios derivados de la aplicaci\u00f3n de los programas de empleo, con efectos desde la fecha en que se cometi\u00f3 la infracci\u00f3n.<\/p>\n<p>&#8211; La exclusi\u00f3n autom\u00e1tica del acceso a tales beneficios durante seis meses.<\/p>\n<p>&#8211; No obstante, en el caso de las infracciones muy graves referidas a los supuestos de discriminaci\u00f3n directa o indirecta por raz\u00f3n de sexo, las sanciones pueden ser sustituidas por la elaboraci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de un plan de igualdad en la empresa, si as\u00ed se determina por la autoridad laboral competente.<\/p>\n<p>&#8211; No cumplir con las obligaciones que en materia de igualdad establece el Estatuto de los Trabajadores puede dar lugar tambi\u00e9n a sanciones econ\u00f3micas, con multas de entre 626 y 6.250 euros. Si la infracci\u00f3n es muy grave, es decir, no elaborar o no aplicar el plan de igualdad, las multas pueden oscilar entre 6.251 y 187.515 euros.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Un Plan de Igualdad de Empresa es un instrumento t\u00e9cnico que permite a la empresa realizar un diagn\u00f3stico sobre la situaci\u00f3n de las mujeres y hombres que forman parte de la plantilla. 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