{"id":1607,"date":"2020-04-14T10:00:34","date_gmt":"2020-04-14T08:00:34","guid":{"rendered":"https:\/\/blog.gabilos.com\/?p=1607"},"modified":"2020-04-02T17:05:23","modified_gmt":"2020-04-02T15:05:23","slug":"covid-19-prestacion-extraordinaria-por-cese-de-actividad-de-autonomos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blog.gabilos.com\/index.php\/2020\/04\/14\/covid-19-prestacion-extraordinaria-por-cese-de-actividad-de-autonomos\/","title":{"rendered":"COVID-19: Prestaci\u00f3n extraordinaria por cese de actividad de Aut\u00f3nomos."},"content":{"rendered":"<p>La prestaci\u00f3n por Cese de Actividad para Trabajadores Aut\u00f3nomos es una de las medidas que ha aprobado el gobierno para hacer frente al impacto econ\u00f3mico del coronavirus.<\/p>\n<p>Est\u00e1 dirigida a los aut\u00f3nomos que han reducido o incluso paralizado su actividad como consecuencia de la expansi\u00f3n del COVID-19 y de la declaraci\u00f3n del estado de alarma.<\/p>\n<p>Tendr\u00e1n derecho a esta ayuda los aut\u00f3nomos que hayan visto suspendidas sus actividades o reducidos sus ingresos en, al menos, el 75% con respecto al semestre anterior.<\/p>\n<p>Para cobrarla no es necesario darse de baja en Hacienda y la Seguridad Social, ni seguir pagando la cuota de aut\u00f3nomos.<\/p>\n<p><strong><br \/>\n\u00bfQui\u00e9n puede solicitar esta prestaci\u00f3n extraordinaria?<\/strong><\/p>\n<p>&#8211; Cualquier trabajador aut\u00f3nomo: persona f\u00edsica, socio de sociedad, administradores, socio de cooperativa, socio de comunidad de bienes, aut\u00f3nomo colaborador\u2026<\/p>\n<p>&#8211; Cuya actividad haya quedado suspendida desde el 14 de marzo debido a la declaraci\u00f3n del estado de alarma.<\/p>\n<p>&#8211; O si su facturaci\u00f3n de marzo se reduce en, al menos, un 75% respecto al promedio de facturaci\u00f3n del semestre anterior. Si no lleva de alta los 6 meses naturales exigidos, la valoraci\u00f3n se realizar\u00e1 teniendo en cuenta el per\u00edodo de actividad que lleve dado de alta.<\/p>\n<p><strong>Importe de la prestaci\u00f3n por cese de actividad COVID-19<\/strong><\/p>\n<p>La prestaci\u00f3n a percibir ser\u00e1 el 70% de la base reguladora. La base reguladora es el promedio de la base de cotizaci\u00f3n de los 12 meses anteriores.<\/p>\n<p>Para los aut\u00f3nomos que hayan cotizado menos de 1 a\u00f1o, la base reguladora ser\u00e1 la base m\u00ednima de cotizaci\u00f3n del colectivo al que pertenezca el trabajador.<\/p>\n<p>El aut\u00f3nomo que cumpla los requisitos tendr\u00e1 derecho a percibir la prestaci\u00f3n con efectos desde el 14 de marzo de 2020. Ese d\u00eda entr\u00f3 en vigor el RD 463\/2020 que declar\u00f3 el estado de alarma.<\/p>\n<p><strong>\u00bfDurante cu\u00e1nto tiempo se puede percibir?<\/strong><\/p>\n<p>Al ser una prestaci\u00f3n de car\u00e1cter extraordinario, se percibir\u00e1 durante 1 mes. Si el estado de alarma se prolonga m\u00e1s de 1 mes (m\u00e1s del 13 de abril de 2020), su duraci\u00f3n se ampliar\u00e1 hasta el \u00faltimo d\u00eda del mes en que finalice esta situaci\u00f3n de alarma.<\/p>\n<p><strong><br \/>\nRequisitos necesarios para acceder a la prestaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>1. Debes estar afiliado y en alta en el r\u00e9gimen de aut\u00f3nomos o, en su caso, en el de los trabajadores del mar en la fecha de la declaraci\u00f3n del estado de alarma (14\/03\/2020).<\/p>\n<p>2. Si tu actividad no se ha suspendido por la declaraci\u00f3n del estado de alarma, debes acreditar la reducci\u00f3n de tu facturaci\u00f3n en el mes anterior al que se solicita la prestaci\u00f3n por cese de actividad COVID-19 al menos en un 75% en relaci\u00f3n con el promedio de facturaci\u00f3n del semestre anterior.<\/p>\n<p>3. Estar al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social. Este es un requisito exigido para recibir cualquier prestaci\u00f3n. Si no lo est\u00e1s, permiten que regularices tu situaci\u00f3n en 30 d\u00edas. Cuando pagues, podr\u00e1s acceder a esta prestaci\u00f3n.<\/p>\n<p>No es necesario cumplir un per\u00edodo m\u00ednimo de cotizaci\u00f3n. S\u00f3lo debes estar de alta en este r\u00e9gimen especial y al corriente del pago de las cuotas de aut\u00f3nomos.<\/p>\n<p><strong>\u00bfHay que darse de baja en Hacienda y en la Seguridad Social?<\/strong><\/p>\n<p>No.Los aut\u00f3nomos que deban justificar la reducci\u00f3n en, al menos, el 75% de sus ingresos deber\u00e1n seguir de alta en su actividad econ\u00f3mica en Hacienda y en la Seguridad Social para tener derecho a esta prestaci\u00f3n extraordinaria.<\/p>\n<p>Para aquellos cuya actividad se ha visto suspendida por la declaraci\u00f3n del estado de alarma, no es obligatorio mantenerse de alta. Lo \u00fanico que se exige es estar de alta a fecha de 14\/03\/2020.<\/p>\n<p><strong>\u00bfHay que cotizar mientras se percibe la prestaci\u00f3n por cese de actividad?<\/strong><\/p>\n<p>No. Durante el tiempo de percepci\u00f3n de la prestaci\u00f3n no existe obligaci\u00f3n de cotizar por parte del aut\u00f3nomo, aunque este per\u00edodo se considerar\u00e1 como cotizado.<\/p>\n<p>Para el c\u00e1lculo de la cuota de aut\u00f3nomos a pagar cada mes se excluir\u00e1n los d\u00edas de ese per\u00edodo de liquidaci\u00f3n en los que se tenga derecho a percibir la prestaci\u00f3n extraordinaria.<\/p>\n<p>Como las mutuas conceder\u00e1n la prestaci\u00f3n con car\u00e1cter retroactivo (desde el 14 de marzo), la Seguridad Social seguir\u00e1 pasando la cuota normalmente. Una vez que la mutua le comunique que ha concedido la prestaci\u00f3n, regularizar\u00e1 las cotizaciones, de oficio, con las consiguientes devoluciones de cuotas.<\/p>\n<p><strong>\u00bfHay que renunciar a las bonificaciones?<\/strong><\/p>\n<p>No. El decreto se\u00f1ala que el tiempo que se perciba esta prestaci\u00f3n excepcional computar\u00e1 como efectivamente cotizado. Por eso, podr\u00e1n solicitarla los aut\u00f3nomos que est\u00e9n recibiendo estas ayudas y no perder\u00e1n las bonificaciones condicionadas al mantenimiento de la actividad, como es el caso de la tarifa plana.<\/p>\n<p><strong>\u00bfDesde cu\u00e1ndo se puede solicitar esta prestaci\u00f3n extraordinaria?<\/strong><\/p>\n<p>&#8211; Aut\u00f3nomos obligados a cerrar por la declaraci\u00f3n del estado de alarma: desde la entrada en vigor del decreto.<\/p>\n<p>&#8211; Los que tienen que presentar documentaci\u00f3n acreditativa de la ca\u00edda de la facturaci\u00f3n mensual, desde el momento en que puedan presentar esta documentaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>\u00bfC\u00f3mo se solicita?<\/strong><\/p>\n<p>La gesti\u00f3n de esta prestaci\u00f3n corresponde a las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.<\/p>\n<p>Debes solicitarla en la mutua con la que tengas cubierta la protecci\u00f3n por contingencias profesionales. Si no recuerdas tu mutua, puedes consultarla en el documento de alta de aut\u00f3nomos.<\/p>\n<p><strong>AYUDAS DE LAS ADMINISTRACIONES AUTONOMICAS<\/strong><\/p>\n<p><strong>Andaluc\u00eda<\/strong><\/p>\n<p>La Junta de Andaluc\u00eda destinar\u00e1 600 millones de euros a l\u00edneas de cr\u00e9dito y avales para pymes y aut\u00f3nomos. Adem\u00e1s, la administraci\u00f3n auton\u00f3mica avalar\u00e1 el 100% de los pr\u00e9stamos a las pymes, elevando a la totalidad el 80% al que se ha comprometido el Gobierno de Pedro S\u00e1nchez.<\/p>\n<p>Por otra parte, el Gobierno andaluz garantiza el pago a las empresas que presten servicio a la administraci\u00f3n, ya que no se suspender\u00e1n los pagos a proveedores. Esta medida incluye a compa\u00f1\u00edas que presten servicios de limpieza, vigilancia o seguridad.<\/p>\n<p><strong>Asturias<\/strong><\/p>\n<p>Asturias compensar\u00e1 con una ayuda de hasta 400 euros mensuales a aquellos aut\u00f3nomos que tengan prohibido seguir realizando su actividad por el estado de alarma. De esta forma, la administraci\u00f3n pretende compensar los costes fijos de este colectivo.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, igual que en Andaluc\u00eda, el Principado de Asturias ha aplazado los pagos tributarios para aut\u00f3nomos y pymes afectados por el coronavirus. Los peque\u00f1os empresarios de la regi\u00f3n podr\u00e1n aplazar sin intereses estos pagos por un plazo de seis meses. Se trata de una medida que ampl\u00eda la anunciada por el Ministerio de Hacienda.<\/p>\n<p><strong>Baleares y Canarias<\/strong><\/p>\n<p>En Baleares, el Gobierno auton\u00f3mico ha anunciado una inyecci\u00f3n de 50 millones de euros para dar liquidez a los aut\u00f3nomos y las peque\u00f1as y medianas empresas. Adem\u00e1s, la administraci\u00f3n se ha comprometido a pedir a los bancos una moratoria en las hipotecas para estos colectivos.<\/p>\n<p>Por su parte, el Gobierno de Canarias ha decidido complementar la prestaci\u00f3n por cese de actividad que percibir\u00e1n los aut\u00f3nomos afectados por el Covid-19. As\u00ed, si la prestaci\u00f3n anunciada por Seguridad Social era equivalente al 70% de la base reguladora, Canarias complementar\u00e1 el 30% para los aut\u00f3nomos de las islas.<\/p>\n<p><strong>Cantabria<\/strong><\/p>\n<p>Cantabria pondr\u00e1 en marcha el \u201ccheque resistencia\u201d, una prestaci\u00f3n que podr\u00e1n solicitar los aut\u00f3nomos y pymes v\u00eda telem\u00e1tica con un presupuesto de 10 millones de euros. Para optar a ella, deber\u00e1n estar dados de alta con anterioridad al 14 de marzo. Dependiendo del n\u00famero de trabajadores y del cierre de los negocios, la cantidad que cobrar\u00e1n ser\u00e1 variable.<\/p>\n<p>As\u00ed, los aut\u00f3nomos y las microempresas con un \u00fanico trabajador podr\u00e1n cobrar 150 euros semanales, una cantidad que subir\u00e1 hasta los 225 si la pyme cuenta con entre dos y cinco empleados. Si la compa\u00f1\u00eda tiene entre seis y nueve trabajadores el empresario cobrar\u00e1 300 euros semanales.<\/p>\n<p><strong>Castilla \u2013 La Mancha y Castilla y Le\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>En Castilla \u2013 La Mancha han optado por suspender los programas de empleo y destinar los 10 millones de euros del Plan Autoempleo a establecer una prestaci\u00f3n para los aut\u00f3nomos.<\/p>\n<p>El Gobierno de Castilla y Le\u00f3n ha puesto sobre la mesa ayudas para los aut\u00f3nomos y pymes que incrementen sus plantillas si el coronavirus les provoca una carga de trabajo adicional. Adem\u00e1s, reducir\u00e1 las cuotas de la Seguridad Social para \u201cconsolidar\u201d el trabajo aut\u00f3nomo.<\/p>\n<p>La administraci\u00f3n castellano leonesa busca premiar el emprendimiento y por eso, se destinar\u00e1n ayudas de hasta 5.000 euros para los aut\u00f3nomos que deban cesar su actividad y quieran iniciar un nuevo negocio. El Gobierno facilitar\u00e1 adem\u00e1s liquidez a pymes y aut\u00f3nomos con un presupuesto de 20 millones de euros.<br \/>\n<strong><br \/>\nCatalu\u00f1a y Comunidad Valenciana<\/strong><\/p>\n<p>La Generalitat catalana destinar\u00e1 un presupuesto de 7,5 millones de euros a unas ayudas para los aut\u00f3nomos que puedan demostrar una ca\u00edda dr\u00e1stica de la facturaci\u00f3n a causa del Covid-19. La ayuda podr\u00e1 ser de hasta 2.000 euros y el Departamento de Trabajo comparar\u00e1 los ingresos de este mes de marzo con el del a\u00f1o pasado, para reconocer o no la prestaci\u00f3n.<\/p>\n<p>En la Comunidad Valenciana, las ayudas oscilar\u00e1n entre los 750 y los 1.500 euros dependiendo si se ha producido un descenso de la facturaci\u00f3n o si el aut\u00f3nomo ha tenido que cesar su actividad. Para ello, la Generalitat destinar\u00e1 57 millones de euros.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, igual que otras comunidades aut\u00f3nomas se habilitar\u00e1n l\u00edneas de financiaci\u00f3n para este colectivo a tipo cero y con carencia de dos a\u00f1os, avalados por la Sociedad de Garant\u00eda Rec\u00edproca. Unas l\u00edneas que complementan las aprobadas por el Gobierno central.<\/p>\n<p><strong>Extremadura y Galicia<\/strong><\/p>\n<p>Extremadura ha puesto en marcha una iniciativa a la que se pueden acoger aut\u00f3nomos y trabajadores por cuenta ajena. Se trata de un programa de voluntarios que cuidan a los menores cuyos padres tengan que seguir trabajando durante la crisis sanitaria. Adem\u00e1s, los aut\u00f3nomos pueden fraccionar o aplazar los pagos de tributos que se liquida en la administraci\u00f3n auton\u00f3mica.<\/p>\n<p>La Xunta de Galicia tambi\u00e9n ha aprobado el aplazamiento de los impuestos que los aut\u00f3nomos paguen en la comunidad aut\u00f3noma. Adem\u00e1s, ha lanzado una l\u00ednea de pr\u00e9stamos de hasta 200.000 euros para los aut\u00f3nomos.<\/p>\n<p><strong>Comunidad de Madrid y Navarra<br \/>\n<\/strong><br \/>\nLos aut\u00f3nomos de la Comunidad de Madrid ya pueden solicitar ayudas de hasta 3.200 euros si adjuntan una justificaci\u00f3n de la reducci\u00f3n de ingresos y si se comprometen a estar en el r\u00e9gimen de aut\u00f3nomos durante 12 meses. El Gobierno regional tambi\u00e9n ha reducido algunos impuestos para los aut\u00f3nomos, como el IBI o el de Actividades Econ\u00f3micas.<\/p>\n<p>Navarra ha suspendido el pago fraccionado del IRPF que deben abonar los aut\u00f3nomos. De la misma forma, el Gobierno foral ha suspendido el pago de deudas fiscales y un aplazamiento de las deudas de pymes y aut\u00f3nomos.<br \/>\n<strong><br \/>\nPa\u00eds Vasco<\/strong><\/p>\n<p>El Gobierno vasco ha anunciado un programa para ayudar a los aut\u00f3nomos en el pago de las cotizaciones y tambi\u00e9n en los alquileres de los negocios. Tambi\u00e9n, igual que en otras regiones, se pondr\u00e1n en marcha l\u00edneas de cr\u00e9dito y financiaci\u00f3n para facilitar la liquidez de las pymes.<\/p>\n<p>La mayor\u00eda de los gobiernos auton\u00f3micos han optado por flexibilizar la financiaci\u00f3n de los aut\u00f3nomos y si no lo han hecho ya, ir\u00e1n informando de las condiciones y los procesos en los pr\u00f3ximos d\u00edas.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La prestaci\u00f3n por Cese de Actividad para Trabajadores Aut\u00f3nomos es una de las medidas que ha aprobado el gobierno para hacer frente al impacto econ\u00f3mico del coronavirus. 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