{"id":1611,"date":"2020-04-21T10:00:33","date_gmt":"2020-04-21T08:00:33","guid":{"rendered":"https:\/\/blog.gabilos.com\/?p=1611"},"modified":"2020-04-02T17:20:43","modified_gmt":"2020-04-02T15:20:43","slug":"avales-ico-para-empresas-y-autonomos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blog.gabilos.com\/index.php\/2020\/04\/21\/avales-ico-para-empresas-y-autonomos\/","title":{"rendered":"Avales ICO para empresas y aut\u00f3nomos."},"content":{"rendered":"<p>El Consejo de Ministros, de acuerdo con lo regulado en el art\u00edculo 29 del Real Decreto-ley 8\/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias, ha aprobado con fecha 24 de marzo, -BOE 26 de marzo- las condiciones y requisitos para acceder al primer tramo de avales, otorgados por el Ministerio de Asuntos Econ\u00f3micos y Transformaci\u00f3n Digital, hasta un importe de 20.000 millones de euros, para facilitar acceso al cr\u00e9dito y liquidez a empresas y aut\u00f3nomos para hacer frente al impacto econ\u00f3mico y social del COVID-19.<\/p>\n<p>Esta L\u00ednea de Avales del Estado para empresas y aut\u00f3nomos del Ministerio de Asuntos Econ\u00f3micos y Transformaci\u00f3n Digital ser\u00e1 gestionada por el ICO a trav\u00e9s de las entidades financieras que concedan financiaci\u00f3n a empresas y aut\u00f3nomos para paliar los efectos econ\u00f3micos del COVID-19.<\/p>\n<p>Las empresas y aut\u00f3nomos tendr\u00e1n acceso a estos avales a trav\u00e9s de sus entidades financieras, mediante la formalizaci\u00f3n de nuevas operaciones de financiaci\u00f3n o renovaci\u00f3n de las existentes.<\/p>\n<p>La L\u00ednea est\u00e1 sujeta a la normativa de ayudas de Estado de la Uni\u00f3n Europea.<\/p>\n<p>En el primer tramo activado de la L\u00ednea de Avales, por importe de 20.000 millones de euros, se crean dos subtramos:<\/p>\n<p>&#8211; Hasta <strong>10.000 millones de euros<\/strong> para renovaciones y nuevos pr\u00e9stamos concedidos a aut\u00f3nomos y pymes.<\/p>\n<p>&#8211; Hasta <strong>10.000 millones de euros<\/strong> para renovaciones y nuevos pr\u00e9stamos concedidos a empresas que no re\u00fanan la condici\u00f3n de pyme.<\/p>\n<p><strong>CARACTER\u00cdSTICAS Y FORMA DE TRAMITACI\u00d3N<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00bfCu\u00e1l es la finalidad de esta L\u00ednea?<\/strong><\/p>\n<p>Facilitar el mantenimiento del empleo y paliar los efectos econ\u00f3micos del COVID-19, teniendo como objetivo cubrir los nuevos pr\u00e9stamos y otras modalidades de financiaci\u00f3n y las renovaciones concedidos por entidades financieras a empresas y aut\u00f3nomos para atender las necesidades de financiaci\u00f3n como:<\/p>\n<p>&#8211; Pagos de salarios<br \/>\n&#8211; Facturas<br \/>\n&#8211; Necesidad de circulante<br \/>\n&#8211; Otras necesidades de liquidez, incluyendo las derivadas de vencimientos de obligaciones financieras o tributarias<\/p>\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 entidades financieras operan en esta l\u00ednea?<\/strong><\/p>\n<p>&#8211; Entidades de cr\u00e9dito<br \/>\n&#8211; Establecimientos financieros de cr\u00e9dito<br \/>\n&#8211; Entidades de dinero electr\u00f3nico<br \/>\n&#8211; Entidades de pagos<\/p>\n<p>Deber\u00e1n estar registradas y supervisadas por el Banco de Espa\u00f1a [o CNMV en los casos correspondientes] y haber suscrito con ICO un contrato marco para participar en la L\u00ednea de Avales.<\/p>\n<p><strong>\u00bfC\u00f3mo funciona esta L\u00ednea y d\u00f3nde tienen que dirigirse los aut\u00f3nomos y empresas?<\/strong><\/p>\n<p>Los aut\u00f3nomos y empresas interesados en acogerse a esta l\u00ednea deber\u00e1n dirigirse a cualquiera de las entidades de cr\u00e9dito, establecimientos financieros de cr\u00e9dito, entidades de pago o entidades de dinero electr\u00f3nico que suscriban con el Instituto de Cr\u00e9dito Oficial los correspondientes contratos marco para participar en la L\u00ednea de Avales.<\/p>\n<p>La entidad financiera decidir\u00e1 sobre la concesi\u00f3n de la correspondiente financiaci\u00f3n al cliente de acuerdo con sus procedimientos internos y pol\u00edticas de concesi\u00f3n y riesgos.<\/p>\n<p>Dichas entidades financieras podr\u00e1n recurrir a la L\u00ednea de Avales para avalar operaciones de financiaci\u00f3n otorgadas a aut\u00f3nomos y empresas.<\/p>\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 operaciones pueden ser avaladas?<\/strong><\/p>\n<p>Nuevos pr\u00e9stamos y otras modalidades de financiaci\u00f3n y renovaciones de operaciones otorgados a aut\u00f3nomos y empresas de todos los sectores de actividad que tengan domicilio social en Espa\u00f1a y que se hayan visto afectados por los efectos econ\u00f3micos del COVID-19 siempre que:<\/p>\n<p><strong>1.<\/strong> Los pr\u00e9stamos y operaciones hayan sido formalizados o renovados a partir del 18 de marzo de 2020.<br \/>\n<strong><br \/>\n2.<\/strong> Las empresas y aut\u00f3nomos:<\/p>\n<p>&#8211; No figuren en situaci\u00f3n de morosidad en la consulta a los ficheros de la Central de Informaci\u00f3n de Riesgos del Banco de Espa\u00f1a (CIRBE) a 31 de diciembre de 2019.<br \/>\n&#8211; No est\u00e9n sujetos a un procedimiento concursal a fecha de 17 de marzo de 2020, bien por haber presentado solicitud de declaraci\u00f3n de concurso, o por darse las circunstancias a que se refiere el art\u00edculo 2.4 de la Ley 22\/2003, de 9 de julio, para que el concurso sea solicitado por sus acreedores.<br \/>\n&#8211; Cuando sea aplicable el Marco Temporal de Ayudas de la Uni\u00f3n Europea no encontrarse en situaci\u00f3n de crisis a 31.12.2019 conforme a los criterios establecidos en el art\u00edculo 2 (18) del Reglamento de la Comisi\u00f3n N\u00ba 651\/2018, de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categor\u00edas de ayudas compatibles con el mercado interior.<br \/>\n&#8211; La financiaci\u00f3n avalada no se podr\u00e1 aplicar a la cancelaci\u00f3n o amortizaci\u00f3n anticipada de deudas preexistentes.<\/p>\n<p><strong>\u00bfDesde cu\u00e1ndo y hasta cu\u00e1ndo se pueden solicitar garant\u00edas con cargo a la L\u00ednea de Avales?<\/strong><\/p>\n<p>Las entidades financieras pueden solicitar el aval para los pr\u00e9stamos y operaciones suscritas con aut\u00f3nomos y empresas formalizados o renovados a partir del 18 de marzo de 2020 y hasta el 30 de septiembre de 2020.<\/p>\n<p>El plazo podr\u00e1 ampliarse, siempre en l\u00ednea con la normativa de Ayudas de Estado de la UE, por Acuerdo de Consejo de Ministros.<\/p>\n<p><strong>\u00bfCu\u00e1l es el importe m\u00e1ximo de los pr\u00e9stamos por cliente que puede avalar esta L\u00ednea?<\/strong><\/p>\n<p>En funci\u00f3n del r\u00e9gimen aplicable conforme a la normativa de la Uni\u00f3n Europea:<\/p>\n<p><strong>a) <\/strong>Para pr\u00e9stamos o renovaciones de hasta un m\u00e1ximo de 1,5 millones de euros en una o varias operaciones de pr\u00e9stamo a aut\u00f3nomos y empresas, se aplicar\u00e1n las disposiciones espec\u00edficas del Reglamento (UE) n \u00b0 1407\/2013 de la Comisi\u00f3n, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicaci\u00f3n de los art\u00edculos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Uni\u00f3n Europea a las ayudas de minimis, cuando sea aplicable.<\/p>\n<p>En este caso el principal de la operaci\u00f3n de pr\u00e9stamo u otras modalidades de financiaci\u00f3n seg\u00fan el r\u00e9gimen de minimis aplicable, hasta un m\u00e1ximo de 1.500.000\u20ac.<br \/>\n<strong>&nbsp;<br \/>\nb)<\/strong> Para pr\u00e9stamos por encima de 1,5 millones de euros, o cuando no sea aplicable el r\u00e9gimen de minimis, hasta el m\u00e1ximo establecido en el Marco Temporal de Ayudas de Estado de la Comisi\u00f3n Europea tanto para aut\u00f3nomos y empresas que re\u00fanan la condici\u00f3n de pyme como para empresas que no re\u00fanan la condici\u00f3n de pyme.<\/p>\n<p>La aplicaci\u00f3n del Marco Temporal de Ayudas de la Uni\u00f3n Europea en estos casos, establece unos l\u00edmites sobre el principal de la operaci\u00f3n para aquellas con vencimiento posterior a 31.12.2020.&nbsp; Simplificando ser\u00edan:<\/p>\n<p>&#8211; Doble de la masa salarial en 2019, (incluyendo cotizaciones sociales y coste del personal de las subcontratas desempe\u00f1adas en las sedes).<\/p>\n<p>&#8211; 25% de la facturaci\u00f3n de 2019<\/p>\n<p>&#8211; Necesidades de liquidez debidamente justificadas y certificadas para los pr\u00f3ximos:<\/p>\n<p>PYME 18 meses<br \/>\nNo PYME 12 meses<\/p>\n<p>&#8211; Excepciones superiores condicionadas debidamente justificadas.<\/p>\n<p><strong>\u00bfCu\u00e1l es el porcentaje m\u00e1ximo de cobertura del aval?<\/strong><\/p>\n<p>&#8211; En el caso de aut\u00f3nomos y pymes el aval garantizar\u00e1 el 80% del principal de las nuevas operaciones de financiaci\u00f3n y de las renovaciones.<\/p>\n<p>&#8211; Para el resto de empresas, que no tengan la consideraci\u00f3n de pyme, el aval cubrir\u00e1 el 70% en el caso de nuevas operaciones de pr\u00e9stamo y el 60% para renovaciones.<\/p>\n<p>El aval no da cobertura a conceptos distintos al principal de la operaci\u00f3n, tales como pago de intereses, comisiones u otros gastos inherentes a las operaciones.<\/p>\n<p>Se considerar\u00e1n pymes aquellas empresas que re\u00fanan esta condici\u00f3n de acuerdo con el art\u00edculo 2 del anexo I del Reglamento (UE) n\u00ba 651\/2014 de la Comisi\u00f3n, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categor\u00edas de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicaci\u00f3n de los art\u00edculos 107 y 108 del Tratado.<\/p>\n<p><strong>\u00bfCu\u00e1l es el plazo de vigencia del aval?<\/strong><\/p>\n<p>El plazo del aval emitido coincidir\u00e1 con el plazo de la operaci\u00f3n, hasta un m\u00e1ximo de 5 a\u00f1os.<\/p>\n<p><strong>\u00bfPuede la entidad financiera trasladar al aut\u00f3nomo o empresa el coste del aval?<\/strong><\/p>\n<p>La entidad financiera tiene la obligaci\u00f3n de garantizar que los costes de las nuevas operaciones y renovaciones que se beneficien de estos avales se mantendr\u00e1n en l\u00ednea con los costes cargados antes del inicio de la crisis del COVID-19, teniendo en cuenta la garant\u00eda p\u00fablica del aval y su coste de cobertura.<\/p>\n<p><strong>\u00bfSe pueden recortar l\u00edneas de financiaci\u00f3n existentes y beneficiarse de los avales?<\/strong><\/p>\n<p>No. La entidad financiera tambi\u00e9n asume el compromiso de mantener, al menos hasta el 30 de septiembre de 2020, los l\u00edmites de las l\u00edneas de circulante concedidas a todos los clientes y, en particular, a aquellos clientes cuyos pr\u00e9stamos resulten avalados.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Consejo de Ministros, de acuerdo con lo regulado en el art\u00edculo 29 del Real Decreto-ley 8\/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias, ha aprobado con fecha 24 de marzo, -BOE 26 de marzo- las condiciones y requisitos para acceder al primer tramo de avales, otorgados por el Ministerio de Asuntos Econ\u00f3micos y [&hellip;]\n","protected":false},"author":5,"featured_media":1600,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"footnotes":""},"categories":[28],"tags":[],"class_list":["post-1611","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-ayudas"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/blog.gabilos.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1611","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/blog.gabilos.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/blog.gabilos.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.gabilos.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/5"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.gabilos.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1611"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/blog.gabilos.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1611\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1612,"href":"https:\/\/blog.gabilos.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1611\/revisions\/1612"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.gabilos.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1600"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/blog.gabilos.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1611"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.gabilos.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1611"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.gabilos.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1611"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}