{"id":2302,"date":"2024-02-27T10:00:00","date_gmt":"2024-02-27T08:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/blog.gabilos.com\/?p=2302"},"modified":"2024-02-12T22:46:14","modified_gmt":"2024-02-12T20:46:14","slug":"la-campana-de-la-renta-2023-arranca-el-3-de-abril","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blog.gabilos.com\/index.php\/2024\/02\/27\/la-campana-de-la-renta-2023-arranca-el-3-de-abril\/","title":{"rendered":"La Campa\u00f1a de la Renta 2023 arranca el 3 de abril."},"content":{"rendered":"<p>La Campa&ntilde;a de la Renta y Patrimonio empieza el 3 de abril, y trae consigo varias novedades y extensiones en los plazos cruciales para todos los contribuyentes. En este art&iacute;culo te contamos algunas de las m&aacute;s importantes.<\/p>\n<p>La Agencia Tributaria ha decidido iniciar esta temporada fiscal justo despu&eacute;s de Semana Santa. La campa&ntilde;a empezar&aacute; 8 d&iacute;as antes en comparaci&oacute;n con el a&ntilde;o anterior, lo que otorga a los contribuyentes m&aacute;s tiempo para preparar y presentar sus declaraciones.<\/p>\n<p>El proceso de declaraci&oacute;n de este a&ntilde;o se extiende hasta el 1 de julio de 2024, un d&iacute;a m&aacute;s de lo habitual, adapt&aacute;ndose al calendario, ya que el 30 de junio es domingo. Los contribuyentes podr&aacute;n empezar a presentar sus declaraciones a trav&eacute;s de Internet desde el inicio de la campa&ntilde;a. <\/p>\n<p>Adem&aacute;s, hay cambios significativos en cuanto a la asistencia proporcionada por la Agencia Tributaria:<\/p>\n<p><strong>&bull; 3 de abril &ndash; 1 de julio de 2024<\/strong>: Presentaci&oacute;n por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2023.<\/p>\n<p><strong>&bull; 7 de mayo &ndash; 1 de julio de 2024<\/strong>: Asistencia telef&oacute;nica para confeccionar las declaraciones, con citas disponibles desde el 29 de abril hasta el 28 de junio. <br \/><strong><br \/>&bull; 3 de junio &ndash; 1 de julio de 2024<\/strong>: Atenci&oacute;n presencial en las oficinas, con citas disponibles desde el 29 de mayo hasta el 28 de junio.<\/p>\n<p><strong>Presentaci&oacute;n de la Renta a trav&eacute;s de internet<\/strong><\/p>\n<p>Una de las principales novedades que llegan con motivo del nuevo ejercicio se da mediante el Real Decreto de medidas anticrisis, que fue aprobado por el consejo de ministros en 2023, y en el que Hacienda se reserva la posibilidad de que sea obligatorio presentar la declaraci&oacute;n de la Renta a trav&eacute;s de internet. No obstante, para ello deber&aacute;n establecerse mecanismos de atenci&oacute;n personalizada para todos aquellos que necesiten de ayuda. Esta novedad tambi&eacute;n ser&aacute; aplicada sobre el Impuesto sobre el Patrimonio en 2024.<\/p>\n<p>En un cambio significativo, todos los aut&oacute;nomos, independientemente de sus ingresos, deben presentar la declaraci&oacute;n de la renta. Esto implica un incremento notable en el n&uacute;mero de contribuyentes obligados a declarar.<\/p>\n<p><strong>Novedades con relaci&oacute;n a la obligaci&oacute;n de declarar<\/strong><\/p>\n<p>Con la llegada de la Renta 2024, aumenta el m&iacute;nimo exento para la presentaci&oacute;n de la declaraci&oacute;n. De esta manera, tendr&aacute;n obligaci&oacute;n de presentar el IRPF quienes hayan percibido m&aacute;s de 15.000 euros con dos o m&aacute;s pagadores y el segundo y siguientes pagadores superen, en su conjunto, los 1.500 euros.<\/p>\n<p>Esta novedad supone un incremento del m&iacute;nimo exento para declarar, que anteriormente se encontraba en 14.000 euros en este tipo de casos.<\/p>\n<p><strong><br \/>Nuevas Regulaciones para Criptomonedas<\/strong><\/p>\n<p>Las criptomonedas entran con fuerza en el radar de Hacienda. Los residentes en Espa&ntilde;a con criptoactivos en el extranjero valorados en m&aacute;s de 50.000 euros deben incluirlos en su declaraci&oacute;n. Esto abarca tanto a titulares como a beneficiarios de monedas virtuales en el extranjero.<\/p>\n<p><strong>Reducci&oacute;n por arrendamiento de vivienda<\/strong><\/p>\n<p>Una de las grandes novedades de la Renta 2024 afecta de forma directa a los rendimientos del alquiler de inmuebles. Con la nueva Ley de Vivienda se modifica la configuraci&oacute;n de las reducciones en los arrendamientos, quedando estos establecidos de la siguiente forma:<\/p>\n<p>&bull; Reducci&oacute;n general del 50%: la reducci&oacute;n general pasa del 60% al 50% en 2024.<\/p>\n<p>&bull; Reducci&oacute;n del 60%: aplicable en el caso de que se haya llevado a cabo alguna obra de rehabilitaci&oacute;n en los dos a&ntilde;os previos a poner en alquiler el inmueble.<\/p>\n<p>&bull; Reducci&oacute;n del 70%: en este caso se puede aplicar la reducci&oacute;n en los alquileres a j&oacute;venes de entre 18 y 35 en mercados tensionados.<\/p>\n<p>&bull; Reducci&oacute;n del 90% en arrendamientos de mercados tensionados: es posible aplicarlo sobre aquellos contratos que tengan una rebaja del 5% sobre el contrato anterior en zonas en las que el mercado est&eacute; tensionado.<\/p>\n<p><strong>Cuant&iacute;a de las dietas y asignaciones para gastos de locomoci&oacute;n<\/strong><\/p>\n<p>A pesar de que ya entr&oacute; en vigor en julio del pasado a&ntilde;o, en la Renta 2024 se mantiene el aumento hasta 0,26 euros por kil&oacute;metro recorrido la cuant&iacute;a que puede ser imputada como parte de las dietas y gastos de desplazamiento por parte de los trabajadores.<\/p>\n<p><strong>Rebaja en la reducci&oacute;n del rendimiento neto en m&oacute;dulos<\/strong><\/p>\n<p>El sistema de m&oacute;dulos contin&uacute;a cambiando, y aunque se ha optado por una pr&oacute;rroga de los l&iacute;mites para poder tributar en estimaci&oacute;n objetiva en 2024, la reducci&oacute;n del rendimiento neto por m&oacute;dulos se ve afectada y se reduce al 5% frente al 10% del pasado a&ntilde;o 2023, un porcentaje especial que fue aprobado como una medida por el incremento de los costes.<\/p>\n<p><strong>Exenci&oacute;n de los rendimientos de trabajo con acciones de la empresa<\/strong><\/p>\n<p>En el Real Decreto 1008\/2023, se establece que con efectos desde el 7 de diciembre de 2023 y vigencia indefinida, la exenci&oacute;n de los rendimientos del trabajo derivados de la entrega de acciones o participaciones a trabajadores de empresas emergentes.<\/p>\n<p>No ser&aacute; necesario que la entrega de acciones o participaciones se realice en las mismas condiciones para todos los trabajadores de la empresa debiendo efectuarse dentro de la pol&iacute;tica retributiva general de la empresa y contribuir a la participaci&oacute;n de los trabajadores en esta &uacute;ltima.<\/p>\n<p><strong>Deducci&oacute;n por la compra de un coche el&eacute;ctrico<\/strong><\/p>\n<p>Se ha decidido ampliar hasta diciembre de 2024 la deducci&oacute;n por la compra de un veh&iacute;culo el&eacute;ctrico. De esta manera, en la Renta 2024 ser&aacute; posible desgravar un 15% del valor de adquisici&oacute;n con respecto a una base m&aacute;xima de 20.000 euros.<\/p>\n<p>Asimismo, tambi&eacute;n es posible aplicar una deducci&oacute;n de un 15% por la instalaci&oacute;n de puntos de recarga de veh&iacute;culos el&eacute;ctricos, pudiendo utilizarse sobre una base m&aacute;xima de 4.000 euros.<\/p>\n<p><strong>Cambios en los tipos de retenci&oacute;n aplicables sobre determinados rendimientos<\/strong><\/p>\n<p>Mediante el Real Decreto 1008\/2023, se produce una reducci&oacute;n al 7% la retenci&oacute;n del Impuesto sobre la Renta de las Personas F&iacute;sicas (IRPF) sobre los rendimientos del trabajo que est&aacute;n derivados de la elaboraci&oacute;n de obras cient&iacute;ficas, art&iacute;sticas o literarias.<\/p>\n<p><strong>Gastos de dif&iacute;cil justificaci&oacute;n para aut&oacute;nomos<\/strong><\/p>\n<p>Por &uacute;ltimo, hay que hablar de la posibilidad de que los aut&oacute;nomos imputen como gastos de dif&iacute;cil justificaci&oacute;n un 7% sobre la cifra de negocio hasta un m&aacute;ximo de 2.000 euros, lo que supone un aumento de dos puntos sobre el porcentaje anterior (5%).<\/p>\n<p>A todas estas novedades mencionadas hay que sumar algunas novedades relacionadas con el IRPF de 2023 que se aplicar&aacute;n en la Renta de 2024, como es el caso del incremento del l&iacute;mite de las aportaciones a planes de pensiones hasta 8.500 euros en algunos casos, el aumento de la reducci&oacute;n por la obtenci&oacute;n de rendimientos del trabajo, y la deducci&oacute;n por maternidad para mujeres con hijos menores de 3 a&ntilde;os.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Campa&ntilde;a de la Renta y Patrimonio empieza el 3 de abril, y trae consigo varias novedades y extensiones en los plazos cruciales para todos los contribuyentes. 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