{"id":2434,"date":"2024-11-05T10:22:00","date_gmt":"2024-11-05T08:22:00","guid":{"rendered":"https:\/\/blog.gabilos.com\/?p=2434"},"modified":"2024-11-04T11:23:17","modified_gmt":"2024-11-04T09:23:17","slug":"calendario-de-obligaciones-fiscales-y-laborales-para-pymes-y-autonomos-en-noviembre","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blog.gabilos.com\/index.php\/2024\/11\/05\/calendario-de-obligaciones-fiscales-y-laborales-para-pymes-y-autonomos-en-noviembre\/","title":{"rendered":"Calendario de Obligaciones Fiscales y Laborales para PYMES y Aut\u00f3nomos en Noviembre"},"content":{"rendered":"<p>Noviembre es un mes importante en el calendario fiscal y laboral para las PYMEs y aut\u00f3nomos, ya que implica la presentaci\u00f3n de varios modelos y el cumplimiento de ciertas obligaciones tributarias. A continuaci\u00f3n, te ofrecemos un desglose de las fechas clave y los modelos espec\u00edficos que deben presentarse este mes. Mantenerse al d\u00eda con estas obligaciones ayuda a evitar sanciones y a asegurar el cumplimiento legal de cada negocio.<\/p>\n<h2>1. Obligaciones Fiscales de Noviembre<\/h2>\n<p>Las obligaciones fiscales de noviembre incluyen el pago de impuestos relacionados con la actividad de la empresa y la presentaci\u00f3n de modelos que reflejan el estado contable y financiero. Aqu\u00ed se presentan los modelos y los plazos relevantes.<\/p>\n<h3>a) Hasta el 7 de noviembre<\/h3>\n<ul>\n<li>\n<p><strong>Declaraci\u00f3n mensual del IVA (Modelo 303)<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Obligatorio para grandes empresas (con una facturaci\u00f3n superior a 6 millones de euros al a\u00f1o) o aquellas inscritas en el REDEME (R\u00e9gimen de Devoluci\u00f3n Mensual del IVA).<\/li>\n<li>En este modelo se declara el IVA devengado y soportado del mes de octubre.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li>\n<p><strong>Retenciones e ingresos a cuenta (Modelos 111 y 115)<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><strong>Modelo 111<\/strong>: Para ingresos derivados de las retenciones practicadas a empleados, profesionales, y empresarios. Este modelo se presenta mensualmente en el caso de grandes empresas.<\/li>\n<li><strong>Modelo 115<\/strong>: Declaraci\u00f3n de retenciones sobre rentas de alquiler de locales de negocio. Tambi\u00e9n mensual para grandes empresas.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n<h3>b) Hasta el 20 de noviembre<\/h3>\n<p>Para aut\u00f3nomos y PYMEs que no presenten impuestos mensualmente, el d\u00eda 20 de noviembre es el l\u00edmite para presentar las siguientes obligaciones:<\/p>\n<ul>\n<li>\n<p><strong>Modelo 111: Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Este modelo se presenta trimestralmente o mensualmente y recoge las retenciones practicadas en el IRPF a empleados y profesionales, si corresponde. Es obligatorio para empresas que hayan retenido impuestos en n\u00f3minas, facturas de profesionales y otros conceptos.<\/li>\n<li>Per\u00edodo correspondiente: octubre.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li>\n<p><strong>Modelo 115: Retenciones e ingresos a cuenta sobre arrendamientos<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Declaraci\u00f3n de las retenciones practicadas a arrendadores de locales de negocio durante el mes de octubre (mensual para grandes empresas).<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li>\n<p><strong>Modelo 349: Declaraci\u00f3n recapitulativa de operaciones intracomunitarias<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Este modelo debe presentarse mensualmente para aquellos sujetos pasivos que hayan realizado operaciones intracomunitarias de compra o venta de bienes o servicios durante el mes de octubre.<\/li>\n<li>Permite a la Agencia Tributaria tener un control de las transacciones dentro de la Uni\u00f3n Europea.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li>\n<p><strong>Modelo 123: Retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos del capital mobiliario e inversiones financieras<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Este modelo declara las retenciones practicadas sobre intereses de pr\u00e9stamos y otras inversiones financieras durante el mes de octubre. Es relevante para empresas que manejan capital mobiliario.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li>\n<p><strong>Modelo 216: Retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de No Residentes<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Este modelo se presenta en el caso de empresas que realicen pagos a no residentes y en los que haya retenciones que declarar.<\/li>\n<li>Periodo de octubre.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n<h3>c) Hasta el 30 de noviembre<\/h3>\n<p>A finales de mes, hay varias obligaciones relevantes para PYMEs y aut\u00f3nomos:<\/p>\n<ul>\n<li>\n<p><strong>Pago fraccionado del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (Modelo 222)<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Este modelo es un pago fraccionado para empresas en r\u00e9gimen de consolidaci\u00f3n fiscal. Se presenta trimestralmente y, en noviembre, corresponde al pago del tercer trimestre del a\u00f1o fiscal.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li>\n<p><strong>Modelo 202: Pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Las empresas est\u00e1n obligadas a presentar este pago fraccionado en funci\u00f3n de su Impuesto de Sociedades si est\u00e1n sujetas al sistema de pagos fraccionados, calculado en funci\u00f3n de los beneficios del ejercicio fiscal.<\/li>\n<li>Corresponde al tercer pago fraccionado del a\u00f1o.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li>\n<p><strong>Declaraci\u00f3n Informativa de Declaraci\u00f3n de Operaciones con Terceros (Modelo 347)<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Aunque este modelo se presenta en febrero del a\u00f1o siguiente, noviembre es un buen momento para recordar a tus clientes la importancia de llevar un control preciso de las operaciones con terceros que superen los 3,005.06 \u20ac anuales. Esto facilita la preparaci\u00f3n de la declaraci\u00f3n en el pr\u00f3ximo a\u00f1o.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n<h2>2. Obligaciones Laborales de Noviembre<\/h2>\n<p>Adem\u00e1s de las obligaciones fiscales, noviembre tambi\u00e9n implica ciertas obligaciones laborales y de Seguridad Social, especialmente para aquellas PYMEs y aut\u00f3nomos que tengan empleados a su cargo.<\/p>\n<h3>a) Hasta el d\u00eda 20 de noviembre<\/h3>\n<ul>\n<li><strong>Pago de cotizaciones a la Seguridad Social<\/strong>\n<ul>\n<li>Las PYMEs y aut\u00f3nomos con trabajadores a su cargo deben realizar el ingreso de las cotizaciones a la Seguridad Social antes del d\u00eda 20 de cada mes, correspondientes a las n\u00f3minas del mes anterior.<\/li>\n<li>Es importante mantener la documentaci\u00f3n en regla y pagar a tiempo para evitar recargos.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n<h3>b) Comunicaciones laborales y prevenci\u00f3n de riesgos<\/h3>\n<ul>\n<li><strong>Registro de la jornada laboral<\/strong>\n<ul>\n<li>Las empresas deben mantener el registro horario de los trabajadores, una obligaci\u00f3n que aplica tambi\u00e9n a los aut\u00f3nomos con empleados. Es importante revisar regularmente este registro y asegurar su correcta implementaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li><strong>Revisi\u00f3n de contratos temporales<\/strong>\n<ul>\n<li>Para evitar sanciones, las empresas deben revisar los contratos temporales que est\u00e9n pr\u00f3ximos a finalizar, asegur\u00e1ndose de cumplir con los requisitos para la renovaci\u00f3n o fin de contrato, en su caso.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<li><strong>Formaci\u00f3n en Prevenci\u00f3n de Riesgos Laborales<\/strong>\n<ul>\n<li>Es recomendable asegurarse de que todos los empleados cuenten con la formaci\u00f3n en Prevenci\u00f3n de Riesgos Laborales actualizada. Esto puede realizarse internamente o a trav\u00e9s de proveedores de formaci\u00f3n autorizados.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n<h2>Consejos para Mantenerse al D\u00eda en Noviembre<\/h2>\n<p>Mantener un calendario actualizado con las obligaciones fiscales y laborales es fundamental para evitar olvidos y sanciones. Aqu\u00ed tienes algunos consejos que pueden ayudarte:<\/p>\n<ul>\n<li><strong>Usar un software de gesti\u00f3n fiscal y contable<\/strong>: Herramientas como Sage, A3, o Holded pueden automatizar el seguimiento de estas obligaciones y emitir alertas antes de las fechas de vencimiento.<\/li>\n<li><strong>Contratar una asesor\u00eda o gestor\u00eda<\/strong>: Para aut\u00f3nomos y PYMEs sin departamento contable, contar con una asesor\u00eda fiscal es una inversi\u00f3n que garantiza el cumplimiento.<\/li>\n<li><strong>Establecer recordatorios autom\u00e1ticos<\/strong>: Configura recordatorios en el calendario del correo electr\u00f3nico o en una aplicaci\u00f3n de gesti\u00f3n de tareas para las fechas l\u00edmite de cada modelo.<\/li>\n<\/ul>\n<h2>Conclusi\u00f3n<\/h2>\n<p>Cumplir con las obligaciones fiscales y laborales de noviembre es esencial para mantener la operativa y evitar recargos o sanciones. Este mes incluye la presentaci\u00f3n de diversos modelos de declaraci\u00f3n de IVA, retenciones y pagos fraccionados que aplican tanto a aut\u00f3nomos como a PYMEs. Adem\u00e1s, recordar las fechas de cotizaci\u00f3n a la Seguridad Social y llevar un control adecuado de los contratos y registros laborales es fundamental. Aprovechar la tecnolog\u00eda y contar con asesor\u00eda profesional puede ayudar a los negocios a cumplir eficazmente con sus responsabilidades tributarias y laborales.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Noviembre es un mes importante en el calendario fiscal y laboral para las PYMEs y aut\u00f3nomos, ya que implica la presentaci\u00f3n de varios modelos y el cumplimiento de ciertas obligaciones tributarias. A continuaci\u00f3n, te ofrecemos un desglose de las fechas clave y los modelos espec\u00edficos que deben presentarse este mes. 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