{"id":429,"date":"2016-12-19T10:00:27","date_gmt":"2016-12-19T08:00:27","guid":{"rendered":"https:\/\/blog.gabilos.com\/?p=429"},"modified":"2018-09-05T10:28:28","modified_gmt":"2018-09-05T08:28:28","slug":"entra-en-vigor-el-informe-financiero-pyme","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blog.gabilos.com\/index.php\/2016\/12\/19\/entra-en-vigor-el-informe-financiero-pyme\/","title":{"rendered":"Entra en vigor el Informe Financiero Pyme."},"content":{"rendered":"<p>El pasado 11 de octubre entr&oacute; en vigor la circular 6\/2016 de 30 de junio del Banco de Espa&ntilde;a a las entidades de cr&eacute;dito y a los establecimientos financieros de cr&eacute;dito, en la que se especifica el contenido y formato del Informe Financiero Pyme y se detalla la metodolog&iacute;a de calificaci&oacute;n del riesgo previsto en la Ley de fomento de la financiaci&oacute;n empresarial.<\/p>\n<p>Este Informe Financiero PYME, que podr&aacute; ser solicitado por trabajadores aut&oacute;nomos, pymes y grandes empresas, previo pago de la tarifa de libre disposici&oacute;n, contemplar&aacute; el historial de cr&eacute;ditos, pagos o impagos, embargos, acuerdos de refinanciaci&oacute;n, concurso de acreedores y dem&aacute;s incidencias que determinen el riesgo bancario del solicitante.<\/p>\n<p>As&iacute;, con este Informe se intentar&aacute; evitar que las entidades bancarias y financieras se amparen en motivos o argumentos sin fundamento a la hora de denegar una operaci&oacute;n financiera debiendo dar en todo caso una respuesta fundamentada ante la solicitud ampar&aacute;ndose en lo contenido en el Informe Financiero.<\/p>\n<p>De este modo, pymes y trabajadores aut&oacute;nomos, los m&aacute;s perjudicados en cuanto a obtenci&oacute;n de financiaci&oacute;n se refiere, se ver&aacute;n beneficiados con esta nueva herramienta de valoraci&oacute;n de su situaci&oacute;n econ&oacute;mica y financiera de cara a solicitar financiaci&oacute;n ante entidades bancarias y otras plataformas de financiaci&oacute;n alternativa.<\/p>\n<p>Este informe, a grandes rasgos, es un estudio est&aacute;ndar sobre la situaci&oacute;n financiera de la empresa solicitante de la financiaci&oacute;n.<\/p>\n<p><strong>PREAVISO A LAS PYMES QUE DEJEN DE RECIBIR CR&Eacute;DITOS<\/strong><\/p>\n<p>Las entidades financieras deber&aacute;n dar un preaviso cuando tengan intenci&oacute;n de no prorrogar, extinguir o disminuir en un 35 por ciento o m&aacute;s el flujo de financiaci&oacute;n concedido a una pyme.<\/p>\n<p>Esta notificaci&oacute;n deber&aacute; enviarse con una antelaci&oacute;n m&iacute;nima de 3 meses a la fecha de vencimiento del contrato de cr&eacute;dito de mayor cuant&iacute;a. Para calcular este l&iacute;mite del 35 por ciento se tendr&aacute; en cuenta el conjunto de contratos de cr&eacute;dito (y cualesquiera otros que cumplan una funci&oacute;n de financiaci&oacute;n equivalente) de la pyme concedidos por una misma entidad de cr&eacute;dito.<\/p>\n<p>Se entender&aacute; que se ha disminuido el flujo de financiaci&oacute;n cuando, en un periodo de tres meses tras la celebraci&oacute;n de nuevos contratos de financiaci&oacute;n o la pr&oacute;rroga de todos o algunos de los existentes, el flujo de financiaci&oacute;n disponible es inferior en, al menos, un 35 por ciento respecto del existente en el momento en que se debi&oacute; notificar el preaviso.<\/p>\n<p>Exenciones: La entidad de cr&eacute;dito podr&aacute; quedar exenta (La Ley prev&eacute; otras excepciones a esta obligaci&oacute;n, generalmente justificadas, como pueden ser la situaci&oacute;n de concurso de la sociedad, el inicio de las negociaciones para alcanzar un acuerdo de refinanciaci&oacute;n o el incumplimiento contractual o la resoluci&oacute;n de mutuo acuerdo) de esta obligaci&oacute;n de preaviso si justifica de manera objetiva que las condiciones financieras de la pyme han empeorado de manera sobrevenida y significativa, siempre y cuando la financiaci&oacute;n otorgada por esa entidad represente una parte sustancial del flujo de financiaci&oacute;n total de la pyme.<\/p>\n<p><strong>&iquest;CU&Aacute;L ES LA ESTRUCTURA DEL INFORME FINANCIERO PYME?<\/strong><\/p>\n<p>El informe tendr&aacute; los siguientes apartados:<\/p>\n<p><strong>1. Declaraciones de la Central de Informaci&oacute;n de Riesgos del Banco de Espa&ntilde;a (CIRBE)<\/strong>: El informe incluir&aacute; las cuatro &uacute;ltimas declaraciones mensuales de datos relativas a los acreditados, as&iacute; como las correspondientes al final de cada trimestre natural de los &uacute;ltimos cinco a&ntilde;os anteriores a la fecha de notificaci&oacute;n o a la fecha de la solicitud remitidas por la correspondiente entidad a la Central de Informaci&oacute;n de Riesgos del Banco de Espa&ntilde;a.<\/p>\n<p><strong>2. Datos comunicados a empresas de solvencia<\/strong>: Incluir&aacute; los datos de los acreditados comunicados por las entidades a empresas que presten servicios de informaci&oacute;n sobre la solvencia patrimonial y el cr&eacute;dito que sigan constando en los registros de tales empresas a la fecha de la notificaci&oacute;n o a la fecha de la solicitud.<\/p>\n<p><strong>3. Historial crediticio<\/strong>: El documento contendr&aacute; al detalle el historial crediticio de la empresa de los &uacute;ltimos cinco a&ntilde;os:<\/p>\n<p>&#8211; Una relaci&oacute;n de los cr&eacute;ditos hist&oacute;ricos y vigentes, y de los importes pendientes de amortizaci&oacute;n.<br \/>&#8211; Una relaci&oacute;n cronol&oacute;gica de las obligaciones impagadas con sus detalles o, en su defecto, la declaraci&oacute;n expresa de que el acreditado ha cumplido &iacute;ntegramente con sus obligaciones.<br \/>&#8211; Un estado de la situaci&oacute;n actual de impagos.<br \/>&#8211; Una relaci&oacute;n de los concursos de acreedores, acuerdos de refinanciaci&oacute;n o extrajudiciales de pagos, embargos, procedimientos de ejecuci&oacute;n y otras incidencias judiciales relacionadas con el acreditado en los que sea parte la entidad.<br \/>&#8211; Una relaci&oacute;n de los contratos de seguros vinculados al flujo de financiaci&oacute;n.<\/p>\n<p><strong>4. Extracto de los &uacute;ltimos 12 meses de los contratos de financiaci&oacute;n<\/strong>: Incluir&aacute; los movimientos de los contratos que compongan el flujo de financiaci&oacute;n del acreditado. De cada movimiento se detallar&aacute;, al menos, la fecha de la operaci&oacute;n, la fecha valor y el concepto que lo origina.<\/p>\n<p><strong>5. Calificaci&oacute;n del riesgo<\/strong>: El mismo se calificar&aacute; en funci&oacute;n de las siguientes opciones:<\/p>\n<p>&#8211; Riesgo Bajo: Capacidad adecuada del acreditado para hacer frente a sus compromisos financieros.<\/p>\n<p>&#8211; Riesgo Medio-Bajo: Existe alguna incertidumbre no especialmente significativa por parte del acreditado sobre su capacidad para hacer frente a sus compromisos financieros.<\/p>\n<p>&#8211; Riesgo Medio-Alto: Existen incertidumbres significativas por parte del acreditado sobre su capacidad para hacer frente a sus compromisos financieros.<\/p>\n<p>&#8211; Riesgo Alto: Existen serias dudas de que el acreditado vaya a ser capaz de hacer frente a sus compromisos financieros.<\/p>\n<p>&#8211; No disponible: No es posible calificar el riesgo por falta de informaci&oacute;n.<\/p>\n<p>Adem&aacute;s aunque no sea un apartado como tal, el informe deber&aacute; incluir todos los datos identificativos del acreditado.<\/p>\n<p><strong>VARIABLES PARA LA CALIFICACI&Oacute;N DEL RIESGO<\/strong><\/p>\n<p>Estas ser&aacute;n las siguientes:<\/p>\n<p><strong>1.- Situaci&oacute;n financiera del acreditado<\/strong>: La evaluaci&oacute;n de la situaci&oacute;n financiera del acreditado se efectuar&aacute; a trav&eacute;s del an&aacute;lisis de sus estados financieros.<\/p>\n<p>En el caso de aquellos acreditados que tengan la obligaci&oacute;n legal de someter sus cuentas anuales a auditor&iacute;a, se utilizar&aacute;n los estados financieros auditados. La entidad realizar&aacute; el an&aacute;lisis a partir de los ratios m&iacute;nimos definidos por el Banco de Espa&ntilde;a que son:<\/p>\n<p>&#8211; Actividad<br \/>&#8211; Margen<br \/>&#8211; Rentabilidad<br \/>&#8211; Liquidez<br \/>&#8211; Capital circulante<br \/>&#8211; Nivel de endeudamiento<br \/>&#8211; Solvencia<br \/>&#8211; Capacidad de reembolso de intereses.<\/p>\n<p>La evaluaci&oacute;n de la situaci&oacute;n financiera del acreditado deber&aacute; permitir a la entidad concluir acerca de su capacidad econ&oacute;mico-financiera para hacer frente a sus compromisos financieros. A estos efectos, se otorgar&aacute; alguna de estas calificaciones:<\/p>\n<p>&#8211; Muy buena: Capacidad econ&oacute;mico-financiera muy alta para hacer frente a sus compromisos financieros.<\/p>\n<p>&#8211; Buena: Capacidad econ&oacute;mico-financiera adecuada para hacer frente a sus compromisos financieros.<\/p>\n<p>&#8211; Regular: Existen algunas dudas sobre su capacidad econ&oacute;mico-financiera para hacer frente a sus compromisos financieros.<\/p>\n<p>&#8211; D&eacute;bil: Existen dudas considerables sobre su capacidad econ&oacute;mico-financiera para hacer frente a sus compromisos financieros.<\/p>\n<p>&#8211; No disponible: No se dispone de estados financieros o, en el caso de los trabajadores aut&oacute;nomos, de la informaci&oacute;n fiscal que permitan llevar a cabo el an&aacute;lisis, o estos no est&aacute;n debidamente actualizados.<\/p>\n<p><strong>2.- Variables cualitativas<\/strong>: Para determinar la informaci&oacute;n cualitativa se tendr&aacute; en cuenta:<\/p>\n<p>1. La antig&uuml;edad del acreditado como cliente de la entidad y la antig&uuml;edad de su negocio.<br \/>2. El sector econ&oacute;mico en el que opera el acreditado.<\/p>\n<p>Adicionalmente se valorar&aacute;:<\/p>\n<p>&#8211; La experiencia y compromiso de otros socios, si los hubiera.<\/p>\n<p>&#8211; La pertenencia de la Pyme a un grupo econ&oacute;mico considerado Pyme, siguiendo la Recomendaci&oacute;n 2003\/361\/CE de la Comisi&oacute;n, de 6 de mayo de 2003, sobre la definici&oacute;n de microempresas, peque&ntilde;as empresas y medianas empresas, y, en este caso, el grado de apoyo por parte del grupo econ&oacute;mico.<\/p>\n<p>Corresponder&aacute; a las entidades, de acuerdo con su experiencia y su modelo de gesti&oacute;n, elegir cualesquiera otras variables de an&aacute;loga naturaleza que consideren relevantes para realizar una mejor valoraci&oacute;n final de la calidad crediticia del acreditado.<\/p>\n<p>Adem&aacute;s, las entidades deber&aacute;n valorar otros hechos significativos que, no estando parametrizados en sus modelos de gesti&oacute;n, pudieran afectar a la capacidad de pago del acreditado.<\/p>\n<p>La calificaci&oacute;n de las variables cualitativas ser&aacute;:<\/p>\n<p>&#8211; Positiva<br \/>&#8211; Neutra<br \/>&#8211; Negativa<\/p>\n<p><strong>3.- Variables conductuales<\/strong>: Valoraci&oacute;n de la evoluci&oacute;n del comportamiento de la empresa con la entidad. Se tendr&aacute;n en cuenta:<\/p>\n<p>&#8211; La existencia de posiciones vencidas.<br \/>&#8211; La frecuencia y recurrencia de impagos, incluyendo las alertas de inscripci&oacute;n del acreditado en registros de impagados (RAI, ASNEF, etc.).<br \/>&#8211; Los descubiertos y excedidos en cuenta registrados en el &uacute;ltimo ejercicio.<br \/>&#8211; Las derivadas de la Central de Informaci&oacute;n de Riesgos del Banco de Espa&ntilde;a.<\/p>\n<p>La calificaci&oacute;n de estas variables ser&aacute;, al igual que en punto anterior:<\/p>\n<p>&#8211; Positiva<br \/>&#8211; Neutra<br \/>&#8211; Negativa<\/p>\n<p><strong>CONCLUSI&Oacute;N<\/strong><\/p>\n<p>As&iacute; pues, a partir de ahora, las entidades financieras tendr&aacute;n la obligaci&oacute;n de facilitar al solicitante de la financiaci&oacute;n un informe detallado en el que figure su situaci&oacute;n financiera y los motivos y par&aacute;metros en los que se han basado para tomar esa decisi&oacute;n.<\/p>\n<p>De este modo, al menos te&oacute;ricamente, las Pymes podr&aacute;n entender los motivos por los cuales se rechaza (si es el caso) o se acepta una posible operaci&oacute;n de financiaci&oacute;n y prepararse para poder solicitarla nuevamente tras las mejoras de los puntos que se indiquen en el Informe.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El pasado 11 de octubre entr&oacute; en vigor la circular 6\/2016 de 30 de junio del Banco de Espa&ntilde;a a las entidades de cr&eacute;dito y a los establecimientos financieros de cr&eacute;dito, en la que se especifica el contenido y formato del Informe Financiero Pyme y se detalla la metodolog&iacute;a de calificaci&oacute;n del riesgo previsto en [&hellip;]\n","protected":false},"author":5,"featured_media":423,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"footnotes":""},"categories":[3],"tags":[],"class_list":["post-429","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-contabilidad"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/blog.gabilos.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/429","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/blog.gabilos.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/blog.gabilos.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.gabilos.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/5"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.gabilos.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=429"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/blog.gabilos.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/429\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":979,"href":"https:\/\/blog.gabilos.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/429\/revisions\/979"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.gabilos.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/423"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/blog.gabilos.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=429"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.gabilos.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=429"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/blog.gabilos.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=429"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}