{"id":539,"date":"2017-04-03T10:36:22","date_gmt":"2017-04-03T08:36:22","guid":{"rendered":"https:\/\/blog.gabilos.com\/?p=539"},"modified":"2018-09-05T10:24:51","modified_gmt":"2018-09-05T08:24:51","slug":"autonomo-en-pluriactividad-devolucion-de-los-excesos-cotizados-a-la-seguridad-social","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blog.gabilos.com\/index.php\/2017\/04\/03\/autonomo-en-pluriactividad-devolucion-de-los-excesos-cotizados-a-la-seguridad-social\/","title":{"rendered":"Aut\u00f3nomo en Pluriactividad, devoluci\u00f3n de los excesos cotizados a la Seguridad Social."},"content":{"rendered":"<p>La pluriactividad se define como la situaci\u00f3n en la que se realizan dos o m\u00e1s actividades laborales que obligan a cotizar en m\u00e1s de un R\u00e9gimen de la Seguridad Social.<\/p>\n<p>Lo primero que hay que tener claro es que es compatible, por tanto, tener un contrato por cuenta ajena, y consiguientemente estar dado de alta en el R\u00e9gimen General, y al mismo tiempo estar dado de alta en aut\u00f3nomos y ejercer profesional o empresarialmente otras actividades econ\u00f3micas por cuenta propia (RETA).<\/p>\n<p>Pues bien, los trabajadores que trabajan por cuenta ajena y simult\u00e1neamente desarrollan actividades como aut\u00f3nomos se encuentran en situaci\u00f3n de PLURIACTIVIDAD y cotizan en cada uno de los reg\u00edmenes (R\u00e9gimen General y RETA).<\/p>\n<p>El plazo para solicitar la devoluci\u00f3n de los excesos cotizados para los aut\u00f3nomos en pluriactividad <strong>expira el 30 de abril<\/strong>.<\/p>\n<p>Para tener derecho a dicha devoluci\u00f3n, las cantidades aportadas por el trabajador al RETA, m\u00e1s la suma de las aportadas por la empresa y el trabajador en el r\u00e9gimen general, deben ser iguales o superiores a dicha cantidad de 12.368,23 euros. El aut\u00f3nomo tendr\u00e1 derecho a solicitar el reintegro del 50% del exceso sobre dicha cantidad, con un l\u00edmite del 50% de las cuotas de aut\u00f3nomos abonadas.<\/p>\n<p><strong>Ejemplo de c\u00e1lculo de exceso de cuotas para aut\u00f3nomos en pluriactividad<\/strong><\/p>\n<p>Ejemplo de c\u00f3mo ser\u00eda el c\u00e1lculo. Pongamos que el trabajador tiene una base de cotizaci\u00f3n de 3.000 euros por contingencias comunes en el r\u00e9gimen general. A esta cifra le corresponde una cotizaci\u00f3n del 28,30%, de la cual el trabajador aporta el 4,70 y el resto la empresa, lo que supone un total de 849 euros mensuales, que al final del a\u00f1o ser\u00e1n 10.188 euros.<\/p>\n<p>A esto le tenemos que sumar las cantidades aportadas en el RETA. Supongamos que cotiza por la base m\u00ednima, en este caso 893,24, lo que supone un coste mensual de 266,18 que a lo largo del a\u00f1o suma 3.194,23. El total de los ingresos realizados suma por lo tanto 13.382,23, una cifra superior al tope y que por lo tanto supone un exceso de cotizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>La cantidad a devolver ser\u00eda el resultado de restar ambas cantidades; es decir, 13.382,23-12.368,23= 1.014 euros, a los que habr\u00eda que aplicar un 50% al que tenemos derecho de devoluci\u00f3n, por lo tanto ser\u00edan 507 euros en este caso a devolver, ya que esta cifra no supera el 50% de las cantidades ingresadas en el RETA.<\/p>\n<p>Por lo tanto <strong>no todos los aut\u00f3nomos en pluriactividad tienen derecho a la devoluci\u00f3n del exceso de cuotas<\/strong>. En todo caso, el c\u00e1lculo tenemos que realizarlo nosotros y solicitar la Seguridad Social la cantidad que creemos que nos corresponde en cada caso durante los primeros cuatro meses del a\u00f1o.<\/p>\n<p><strong>La pluriactividad para los nuevos aut\u00f3nomos<\/strong><\/p>\n<p>La Ley de Emprendedores introdujo cambios para los nuevos aut\u00f3nomos que estuvieran en r\u00e9gimen de pluriactividad. Desde el 1 de enero del 2014 pueden <strong>obtener la bonificaci\u00f3n del 50% de la cuota de aut\u00f3nomos<\/strong>, aplicando la misma en cada una de las mensualidades en el momento del pago. Solamente tendr\u00e1n derecho a \u00e9l los trabajadores que est\u00e9n cotizando en el r\u00e9gimen general y se den de alta en aut\u00f3nomos por primera vez.<\/p>\n<p>Es decir, si la situaci\u00f3n de pluriactividad parte de una cotizaci\u00f3n inicial en el RETA o si se hubiera cotizado con anterioridad en una actividad por cuenta propia no existe derecho a dicha bonificaci\u00f3n. En este caso hay que esperar a finalizar el a\u00f1o para solicitar la devoluci\u00f3n, siempre teniendo en cuenta que se alcance la suma de cotizaciones en ambos reg\u00edmenes de 12.368,23 euros fijada por los Presupuestos Generales del Estado para 2016.<\/p>\n<p><strong>Plazo<\/strong><\/p>\n<p>Para ello, debes presentar dentro del plazo establecido la solicitud de Devoluci\u00f3n de Ingresos Indebidos ante la Tesorer\u00eda General de la Seguridad Social (TGSS).<\/p>\n<p>Plazo: Desde el <strong>1 de enero de 2017 hasta el 30 de abril de 2017<\/strong>.<\/p>\n<p>Si la solicitud se presenta fuera de plazo, la TGSS denegar\u00e1 el derecho a la devoluci\u00f3n.<\/p>\n<p>(La TGSS dispone de un plazo m\u00e1ximo de 6 meses para dictar resoluci\u00f3n sobre si procede la devoluci\u00f3n de cuotas)<\/p>\n<p>Transcurrido dicho plazo sin que haya reca\u00eddo resoluci\u00f3n expresa, podr\u00e1 entenderse desestimada la solicitud.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><span style=\"text-decoration: underline;\"><strong><a href=\"https:\/\/www.gabilos.com\/programasdegestion\/prestacionesfacturacautonomos.htm\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Facturaci\u00f3n<\/a> y <a href=\"https:\/\/www.gabilos.com\/programasdegestion\/prestacionescontabautonomos.htm\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Contabilidad para Aut\u00f3nomos<\/a>, <a href=\"https:\/\/www.gabilos.com\/programasdegestion\/precios_contabautonomos.htm\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">f\u00e1cil e intui<\/a><\/strong><a href=\"https:\/\/www.gabilos.com\/programasdegestion\/precios_contabautonomos.htm\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><strong>tiva, desde 12\u20ac\/mes. Pru\u00e9bala!<\/strong><\/a><\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La pluriactividad se define como la situaci\u00f3n en la que se realizan dos o m\u00e1s actividades laborales que obligan a cotizar en m\u00e1s de un R\u00e9gimen de la Seguridad Social. 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