{"id":635,"date":"2017-06-13T08:00:24","date_gmt":"2017-06-13T08:00:24","guid":{"rendered":"https:\/\/blog.gabilos.com\/?p=635"},"modified":"2018-03-21T10:34:56","modified_gmt":"2018-03-21T10:34:56","slug":"nuevas-medidas-para-incentivar-el-empleo-entre-los-autonomos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blog.gabilos.com\/index.php\/2017\/06\/13\/nuevas-medidas-para-incentivar-el-empleo-entre-los-autonomos\/","title":{"rendered":"Nuevas medidas para incentivar el empleo entre los aut\u00f3nomos."},"content":{"rendered":"<p>El Gobierno ha planteado una nueva bater\u00eda de medidas de la Seguridad Social para incentivar el empleo entre los trabajadores aut\u00f3nomos y as\u00ed contribuir a la reducci\u00f3n de los 4,2 millones de parados.<\/p>\n<p>El Ejecutivo ampliar\u00e1 de 6 meses a un a\u00f1o la cotizaci\u00f3n de 50 euros por contingencias comunes mensuales a la Seguridad Social para quienes emprendan un negocio o decidan reemprenderlo despu\u00e9s de dos a\u00f1os de estar de baja de la Seguridad Social. Es la llamada tarifa plana de cotizaci\u00f3n. \u00c9sta, y otras propuestas, est\u00e1n recogidas en las enmiendas que el Gobierno ha presentado en el Congreso de los Diputados para incluirlas en la Proposici\u00f3n de Ley de reformas urgentes del trabajo aut\u00f3nomo. Tambi\u00e9n ampliar\u00e1 el n\u00famero de familiares que puede contratar el tambi\u00e9n peque\u00f1o empresario con subvenciones en las cotizaciones sociales.<\/p>\n<p>La<strong> Ley de reformas urgentes del trabajo aut\u00f3nomo <\/strong>entra esta semana en su recta final. El calendario previsto inicialmente es que el texto con todas estas novedades se apruebe esta semana en Ponencia y sea remitido al Senado, para que vuelva al Congreso y sea definitivamente aprobado dentro del mes de junio. Estas son las novedades sobre aut\u00f3nomos ya acordadas que entrar\u00e1n en vigor, casi con toda seguridad antes del verano:<\/p>\n<p><strong>Cotizaci\u00f3n<\/strong>. La base m\u00ednima de cotizaci\u00f3n de los aut\u00f3nomos societarios (con al menos diez asalariados) se determinar\u00e1 cada a\u00f1o en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. De esta forma, dejar\u00e1 de estar ligada a la evoluci\u00f3n del salario m\u00ednimo interprofesional y a la base m\u00ednima del r\u00e9gimen general. Esta vinculaci\u00f3n ha provocado una subida en 2017 de la base de este colectivo del 8% frente a un alza del 3% del resto de aut\u00f3nomos.<\/p>\n<p><strong>Pluriactividad<\/strong>. La Tesorer\u00eda de la Seguridad Social pasar\u00e1 a devolver de oficio antes del 1 de mayo, el exceso de cotizaciones ingresadas por los trabajadores dados de alta tambi\u00e9n en alg\u00fan R\u00e9gimen por cuenta ajena. Estos trabajadores tienen derecho al reintegro del 50% del exceso en que sus cotizaciones superen la cuant\u00eda que cada a\u00f1o fije la Ley de Presupuestos, con el tope del 50% de las cuotas ingresadas por contingencias comunes como aut\u00f3nomos. Con este cambio, los aut\u00f3nomos afectados ya no tendr\u00e1n que reclamar esta devoluci\u00f3n y recibir\u00e1n el dinero que les corresponda durante el primer cuatrimestre. Ahora lo recib\u00edan como pronto a mitad de a\u00f1o y siempre que lo solicitaran. Para que se produzca esta devoluci\u00f3n, la Seguridad Social deber\u00e1 disponer de todos los datos del aut\u00f3nomo.<\/p>\n<p><strong>Tarifa plana<\/strong>. La futura ley incluir\u00e1 dos novedades importantes en esta materia. La primera consiste en el cumplimiento de una promesa electoral del PP: la ampliaci\u00f3n de seis meses a un a\u00f1o el tiempo de cobro de la tarifa plana de cotizaci\u00f3n por contingencias comunes de 50 euros mensuales. En segundo lugar, se reduce de cinco a dos a\u00f1os, el periodo que se exige haber estado sin cotizar al R\u00e9gimen especial de trabajadores aut\u00f3nomos (RETA) para poder beneficiarse de esta tarifa plana. Este periodo de baja exigido ser\u00e1 de tres a\u00f1os en el caso de que el trabajador aut\u00f3nomo hubiera disfrutado ya de esta tarifa plana en su anterior periodo de alta en el RETA.<\/p>\n<p><strong>Altas y bajas<\/strong>. La futura ley modificar\u00e1 el reglamento general sobre inscripci\u00f3n de empresas y afiliaci\u00f3n, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social. El cambio permitir\u00e1 que el aut\u00f3nomo se d\u00e9 de alta \u201chasta 3 veces\u201d dentro de cada a\u00f1o natural, desde el d\u00eda en el que el trabajador re\u00fana los requisitos para incorporarse al sistema, \u201csiempre que el alta se solicite en los t\u00e9rminos establecidos reglamentariamente\u201d. Igualmente, se permitir\u00e1n hasta tres bajas en cada a\u00f1o natural, cuyos efectos coincidir\u00e1n tambi\u00e9n con el d\u00eda real en el que el trabajador comunique que ha cesado su actividad. Si se produjeran m\u00e1s altas o bajas que las tres previstas, sus efectos ya no ser\u00e1n en los d\u00edas efectivos en que ocurran sino a primer y \u00faltimo d\u00eda del mes natural, como ocurre en la actualidad con todos los procesos de inicio y fin de la cotizaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Cambios de base<\/strong>. La futura normativa permitir\u00e1 a los aut\u00f3nomos cambiar su base de cotizaci\u00f3n hasta cuatro veces al a\u00f1o, frente a las dos actuales. As\u00ed, la modificaci\u00f3n de dicha base tendr\u00e1 efectos desde el 1 de abril, si se solicita entre el 1 de enero y 31 de marzo; desde el 1 de julio, si la solicitud se hace entre el 1 de abril y el 30 de junio; desde el 1 de octubre, si se pide entre el 1 de julio y el 30 de septiembre; y desde el 1 de enero del a\u00f1o siguiente, en el caso de que se solicite entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre.<\/p>\n<p><strong>Bonificaciones<\/strong>. Se permitir\u00e1 que los aut\u00f3nomos disfruten de las bonificaciones por la contrataci\u00f3n de empleo indefinido cuando contraten a familiares por consanguinidad o afinidad hasta segundo grado de consanguinidad o de quienes tengan el control empresarial o tengan cargos directivos, siempre que cumplan algunos requisitos. En concreto, que el trabajador aut\u00f3nomo no haya despedido de forma improcedente durante los 12 meses anteriores al contrato bonificado. Tampoco podr\u00e1 extinguir por las mismas causas un contrato de trabajo en los seis meses posteriores a la celebraci\u00f3n del contrato bonificado.<\/p>\n<p><strong>Maternidad<\/strong>. La ley modificar\u00e1 el Estatuto del Trabajo Aut\u00f3nomo para incorporar bonificaciones a las aut\u00f3nomas que se reincorporen al trabajo despu\u00e9s de la maternidad, adopci\u00f3n, acogimiento y tutela. Las mujeres que vuelvan a realizar una actividad por cuenta propia en los dos a\u00f1os siguientes a la fecha de cese por uno de estos motivos, podr\u00e1n acogerse a la tarifa plana de 50 euros durante los 12 meses siguientes a la fecha de su reincorporaci\u00f3n al trabajo, siempre que opten por cotizar por base m\u00ednima.<\/p>\n<p><strong>Otras medidas, a\u00fan en el aire<\/strong><\/p>\n<p>Una de las medidas incluidas en el primer texto de la proposici\u00f3n de ley de medidas urgentes del trabajo aut\u00f3nomo consist\u00eda en reducir y modular los actuales recargos por el retraso en el pago de cotizaciones. Se trataba de una de las medidas m\u00e1s demandadas por las asociaciones de aut\u00f3nomos. Fuentes de la negociaci\u00f3n aseguran que el Ministerio de Empleo estar\u00eda dispuesto a admitir que se rebajara el actual recargo del 20% desde el primer d\u00eda de retraso en el pago a un 10% en el primer mes de atraso y un 20% a partir del segundo. No obstante, estas mismas fuentes indican que desde el PNV podr\u00edan estar demandando una rebaja mayor para los impagos iniciales.<\/p>\n<p>Hay tambi\u00e9n otras demandas de las asociaciones de aut\u00f3nomos plasmadas en el texto y que a\u00fan no se sabe si se recoger\u00e1n en la ley definitiva. Entre otras, la posibilidad de que reglamentariamente se desarrolle que los aut\u00f3nomos cuyos ingresos no lleguen al salario m\u00ednimo interprofesional anual (9.907,80 euros al a\u00f1o en 2017), no tengan que pagar una cuota fija.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><span style=\"text-decoration: underline;\"><strong><a href=\"https:\/\/www.gabilos.com\/programasdegestion\/prestacionesfacturacautonomos.htm\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Facturaci\u00f3n<\/a> y <a href=\"https:\/\/www.gabilos.com\/programasdegestion\/prestacionescontabautonomos.htm\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Contabilidad para Aut\u00f3nomos<\/a>, <a href=\"https:\/\/www.gabilos.com\/programasdegestion\/precios_contabautonomos.htm\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">f\u00e1cil e intui<\/a><\/strong><a href=\"https:\/\/www.gabilos.com\/programasdegestion\/precios_contabautonomos.htm\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><strong>tiva, desde 12\u20ac\/mes. Pru\u00e9bala!<\/strong><\/a><\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Gobierno ha planteado una nueva bater\u00eda de medidas de la Seguridad Social para incentivar el empleo entre los trabajadores aut\u00f3nomos y as\u00ed contribuir a la reducci\u00f3n de los 4,2 millones de parados. 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