{"id":864,"date":"2017-12-27T09:00:03","date_gmt":"2017-12-27T07:00:03","guid":{"rendered":"https:\/\/blog.gabilos.com\/?p=864"},"modified":"2018-09-05T10:16:23","modified_gmt":"2018-09-05T08:16:23","slug":"las-excedencias-de-los-trabajadores-que-son-y-cuando-se-pueden-aplicar","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blog.gabilos.com\/index.php\/2017\/12\/27\/las-excedencias-de-los-trabajadores-que-son-y-cuando-se-pueden-aplicar\/","title":{"rendered":"Las excedencias de los trabajadores. \u00bfQu\u00e9 son y cuando se pueden aplicar?"},"content":{"rendered":"<p>La excedencia voluntaria es la suspensi&oacute;n del contrato de trabajo solicitada por el trabajador durante un periodo de tiempo que como m&iacute;nimo tiene que ser de cuatro meses y como m&aacute;ximo de cinco a&ntilde;os.<\/p>\n<p>La principal regulaci&oacute;n se encuentra en el art&iacute;culo 46 del Estatuto de los trabajadores, aunque puede ser de vital importancia lo indicado en el convenio colectivo ya que puede exigir alg&uacute;n tipo de preaviso o procedimiento especial.<\/p>\n<p><strong>&iquest;Qu&eacute; tipos de excedencia existen en el derecho laboral espa&ntilde;ol?<\/strong><\/p>\n<p>Existen tres tipos de excedencia:<\/p>\n<p>1. La <strong>excedencia forzosa<\/strong> motivada por la elecci&oacute;n del trabajador en alg&uacute;n cargo p&uacute;blico.<br \/>2. La <strong>excedencia voluntaria<\/strong> analizada en esta entrada.<br \/>3. La <strong>excedencia por cuidado de un familiar dependiente<\/strong> de hasta segundo grado o de un hijo menor de tres a&ntilde;os.<\/p>\n<p><strong>&iquest;Qu&eacute; consecuencias tiene solicitar la excedencia?<\/strong><\/p>\n<p>Los principales efectos de disfrutar una excedencia voluntaria para el trabajador son los siguientes:<\/p>\n<p>La relaci&oacute;n laboral permanece en vigor, aunque suspendida.<\/p>\n<p>Por lo tanto, ni el trabajador tiene que acudir a su puesto de trabajo, pero tampoco el empresario tiene que abonar ning&uacute;n tipo de salario.<\/p>\n<p>La &uacute;nica obligaci&oacute;n que tiene el trabajador con el empresario es que debe respetar la buena fe contractual, en el sentido de que no puede trabajar en otra empresa realizando concurrencia desleal.<\/p>\n<p>Todo el tiempo que el trabajador permanezca en excedencia no se computa a efectos de antig&uuml;edad en ning&uacute;n caso, y por tanto, no se tendr&aacute; en cuenta para una hipot&eacute;tica indemnizaci&oacute;n por despido.<\/p>\n<p>El trabajador tiene un derecho de reingreso preferente. <\/p>\n<p><strong>&iquest;Existe la reserva de puesto?<\/strong><\/p>\n<p>La excedencia voluntaria no concede una reserva del puesto de trabajo.<\/p>\n<p>Por lo tanto, no existe ning&uacute;n impedimento a que el empresario al d&iacute;a siguiente de tu excedencia contrate a otro trabajo que te sustituya de manera indefinida.<\/p>\n<p>El trabajador tienen un derecho preferente al reingreso en vacante de igual o similar categor&iacute;a que se har&aacute; efectivo en el momento que finalice el periodo de excedencia y el trabajador solicite la reincorporaci&oacute;n.<\/p>\n<p>El derecho preferente implica que la empresa tiene la obligaci&oacute;n de ofrecerle el puesto de trabajo en el momento que exista una vacante, sin que pueda contratar a otra persona. Siempre y cuando, la excedencia ya hubiera finalizado y el trabajador hubiera solicitado su reincorporaci&oacute;n.<\/p>\n<p>Ese derecho nunca se extingue, por lo tanto, una vez que el trabajador solicita la reincorporaci&oacute;n y no exista un puesto, permanecer&aacute; vigente el derecho siendo obligaci&oacute;n de la empresa el comunicar la existencia de un puesto de trabajo.<\/p>\n<p>De todos modos, siempre es recomendable que el trabajador mantenga comunicaci&oacute;n con los representantes legales de los trabajadores o compa&ntilde;eros de trabajo para conocer posibles ofertas de puestos de trabajo.<\/p>\n<p><strong><br \/>Cu&aacute;ndo se puede solicitar la excedencia voluntaria<\/strong><\/p>\n<p>El &uacute;nico requisito que el Estatuto de los trabajadores exige es tener al menos un a&ntilde;o de antig&uuml;edad en la empresa, siendo indiferente el tipo de contrato, ya sea en pr&aacute;cticas, temporal o de formaci&oacute;n para el aprendizaje.<\/p>\n<p>No obstante, si un trabajador ya ha solicitado una excedencia voluntaria tendr&aacute; que esperar que transcurran al menos cuatro a&ntilde;os desde el final de la anterior excedencia para poder volver a exigirla.<\/p>\n<p><strong>C&oacute;mo solicitar la excedencia voluntaria<\/strong><\/p>\n<p>El Estatuto de los trabajadores no exige un determinado procedimiento. Aunque s&iacute; que puede hacerlo el convenio colectivo.<\/p>\n<p>Lo mejor es notificar por escrito a la empresa la solicitud de una excedencia voluntaria con indicaci&oacute;n de la fecha de inicio, fecha de fin y duraci&oacute;n.<\/p>\n<p>En cualquier caso, el trabajador no puede adoptar unilateralmente la decisi&oacute;n de la excedencia, sino que tiene que ser aceptada por la empresa. En dicho caso, se podr&iacute;a considerar como abandono del puesto de trabajo, ya que la empresa no acept&oacute; la excedencia voluntaria.<br \/>Lo normal es que la empresa no deniegue el derecho, pero para el caso de que lo haga tendremos que solicitar judicialmente solicitando adem&aacute;s los da&ntilde;os y perjuicios en caso de que lo haya.<\/p>\n<p><span style=\"text-decoration: underline\">Preaviso<\/span><\/p>\n<p>La legislaci&oacute;n no indica ning&uacute;n preaviso obligatorio, aunque s&iacute; que puede exigirlo el convenio colectivo.<\/p>\n<p>Para dar tiempo a que la empresa nos responda de forma afirmativa, es recomendable preavisar con 15 d&iacute;as de antelaci&oacute;n.<\/p>\n<p><span style=\"text-decoration: underline\">Contestaci&oacute;n de la empresa a la solicitud del trabajador<\/span><\/p>\n<p>El reconocimiento de la situaci&oacute;n de excedencia voluntaria por parte del empresario debe ser expreso, y preferiblemente de forma escrita.<\/p>\n<p>Esta preferencia de recoger por escrito todas las circunstancias que afecten a la relaci&oacute;n laboral entre la empresa y el trabajador es la mejor forma defensa del trabajador ante cualquier problema.<\/p>\n<p>Una vez reconocida, ni el empresario puede revocarla, ni el trabajador solicitar su reincorporaci&oacute;n antes de la finalizaci&oacute;n de la misma.<\/p>\n<p><strong>&iquest;Puede trabajar en otra empresa?<\/strong><\/p>\n<p>S&iacute;, si que puede. <\/p>\n<p>La &uacute;nica excepci&oacute;n es que no exista competencia desleal o vulnere la buena fe contractual entre el empresario y el trabajador, cuesti&oacute;n que se da con muy poca frecuencia.<\/p>\n<p>Explicada de manera sencilla, la competencia desleal se produce cuando un trabajador utiliza los conocimientos que tiene de una empresa, es decir, los clientes, contactos y similares, para hacerle la competencia.<\/p>\n<p>En caso de que exista competencia desleal, el trabajador podr&aacute; ser despedido por despido disciplinario extinguiendo la relaci&oacute;n laboral que se encontraba suspendida.<\/p>\n<p><strong>&iquest;Cu&aacute;l es la duraci&oacute;n de la excedencia?<\/strong><\/p>\n<p>La duraci&oacute;n de la excedencia la decide el trabajador dentro de los l&iacute;mites que recoge el estatuto de los trabajadores; estos&nbsp; no menor a cuatro meses y no mayor a cinco a&ntilde;os. Por convenio colectivo puede establecerse un mayor plazo de duraci&oacute;n de la excedencia.<\/p>\n<p><strong>&iquest;Puede solicitar una pr&oacute;rroga?<\/strong><\/p>\n<p>El trabajador no tiene derecho a pr&oacute;rroga de la excedencia voluntaria solicitada.<\/p>\n<p>Por lo tanto, una vez solicitada una duraci&oacute;n de la excedencia est&aacute; no puede ser modificada.<\/p>\n<p>Ahora bien, nada impide alcanzar un acuerdo con la empresa y prorrogar la excedencia. <\/p>\n<p><strong>Finalizaci&oacute;n de la excedencia y reincorporaci&oacute;n a la empresa<\/strong><\/p>\n<p>Una vez finalizado el plazo de la excedencia el trabajador tiene que solicitar el reingreso con antelaci&oacute;n, en su defecto, perder&aacute; cualquier derecho de reincorporarse a la empresa.<\/p>\n<p>La jurisprudencia ha admitido como v&aacute;lido el comportamiento de un trabajador que se present&oacute; en su puesto de trabajo el d&iacute;a que finalizaba la excedencia.<\/p>\n<p>Pero lo recomendable y lo normal, es notificar por escrito a la empresa la finalizaci&oacute;n de la excedencia y la solicitud de reincorporaci&oacute;n al puesto de trabajo.<\/p>\n<p>La empresa puede ofertar un puesto de trabajo dentro de su mismo grupo profesional. En el caso de que no exista un puesto de trabajo, el derecho de reincorporaci&oacute;n del trabajador se mantiene de manera indefinida.<\/p>\n<p>En consecuencia, al finalizar la excedencia el trabajador se encuentra en alguna de las siguientes situaciones.<br \/><strong><br \/>1. El trabajador solicita la reincorporaci&oacute;n, y la empresa tiene un puesto de trabajo<\/strong> acorde con su grupo profesional. La empresa acepta la solicitud, el trabajador se reincorpora y conserva la antig&uuml;edad y puesto de trabajo.<\/p>\n<p><strong>2. El trabajador solicita la reincorporaci&oacute;n y la empresa no tiene un puesto de trabajo<\/strong>. La vinculaci&oacute;n laboral no se rompe, y el trabajador tiene un derecho preferente que no se materializar&aacute; hasta que la empresa tenga un puesto de trabajo. En caso de que se conozca que s&iacute; que existe un puesto de trabajo se deber&aacute; demandar mediante una demanda de derecho.<\/p>\n<p><strong>3. La empresa niega el derecho del trabajador<\/strong>. El trabajador debe demandar por despido improcedente.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La excedencia voluntaria es la suspensi&oacute;n del contrato de trabajo solicitada por el trabajador durante un periodo de tiempo que como m&iacute;nimo tiene que ser de cuatro meses y como m&aacute;ximo de cinco a&ntilde;os. 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