{"id":945,"date":"2018-03-12T16:01:46","date_gmt":"2018-03-12T14:01:46","guid":{"rendered":"https:\/\/blog.gabilos.com\/?p=945"},"modified":"2018-09-05T10:13:38","modified_gmt":"2018-09-05T08:13:38","slug":"novedades-a-la-hora-de-tramitar-tu-alta-autonomo-2018","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blog.gabilos.com\/index.php\/2018\/03\/12\/novedades-a-la-hora-de-tramitar-tu-alta-autonomo-2018\/","title":{"rendered":"Novedades a la hora de tramitar tu alta aut\u00f3nomo 2018."},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify\">Hoy vamos con un tema que, en el contexto de las muchas informaciones sobre la nueva ley de aut&oacute;nomos, ha pasado desapercibida, o lo que es m&aacute;s sospechoso, no se le ha dado la cobertura que merece. Nos referimos a los <strong>cambios sobre los plazos de solicitud para darse de alta en&nbsp; aut&oacute;nomos<\/strong> en el R&eacute;gimen Especial de la Seguridad Social.<\/p>\n<p>Las reglas del juego han cambiado estableciendo un alta previa. Antes del 1 de enero de este 2018 los tr&aacute;mites para empezar a trabajar como aut&oacute;nomo pasaban por el alta en Hacienda para poder facturar y alta en el R&eacute;gimen Especial de Trabajadores Aut&oacute;nomos (RETA) en un plazo de 30 d&iacute;as naturales desde el inicio de actividad.<\/p>\n<p>Ahora cambias las tornas. Con la nueva ley, <strong>el aut&oacute;nomo debe darse de alta en Seguridad Social hasta 60 d&iacute;as antes de su alta en Hacienda<\/strong> e incluso simult&aacute;neamente en Seguridad Social y Hacienda.<\/p>\n<p><strong>&iquest;Qu&eacute; significa ser aut&oacute;nomo?<\/strong><\/p>\n<p>Si vas a tener una actividad como aut&oacute;nomo lo primero es entender qu&eacute; significa. Si hablamos desde el punto de vista de la Agencia Tributaria, ser aut&oacute;nomo significa tener una actividad por cuenta propia: estar dado de alta en el censo de empresarios de Hacienda, registrado en el IAE vinculado a tu propia actividad y facturar a tu nombre. <\/p>\n<p>Tener tu propia actividad significa que vas a ser un trabajador y tambi&eacute;n, tu propio jefe. Es por el concepto de trabajador donde entra en juego otro organismo p&uacute;blico muy conocido: Seguridad social.<\/p>\n<p>Para llevarse bien con &eacute;l hay que saber que cualquier trabajador debe estar encuadrado en alg&uacute;n r&eacute;gimen de la Seguridad Social. En el caso de trabajar como aut&oacute;nomo, conlleva darse de alta en el R&eacute;gimen Especial de Trabajadores Aut&oacute;nomos, conocido por sus iniciales como RETA.<\/p>\n<p>Por tanto, ser aut&oacute;nomo significa tener tu propia actividad en Hacienda y estar dado de alta en el RETA. Esto conlleva una serie de obligaciones formales y fiscales desde el principio.<\/p>\n<p><strong>Darse de alta como aut&oacute;nomo: Alta en Hacienda<\/strong><\/p>\n<p>Pero, &iquest;c&oacute;mo darme de alta como aut&oacute;nomo? Debes comunicar en Hacienda la fecha de alta en la Seguridad Social, aunque debamos realizar el tr&aacute;mite posteriormente. La fecha de alta en el RETA debe ser anterior al registro en Hacienda (en los 60 d&iacute;as anteriores) o, en la misma fecha de alta en Hacienda.<\/p>\n<p>El alta en el censo de empresarios de Hacienda se hace a trav&eacute;s de la sede electr&oacute;nica de la Agencia Tributaria. Se presenta online un modelo censal 036, o el equivalente abreviado, el 037. En el modelo censal se comunica, con car&aacute;cter general, la siguiente informaci&oacute;n:<\/p>\n<p>a) <strong>Datos fiscales:<\/strong> son tus datos personales.<\/p>\n<p>b) <strong>Datos de la actividad<\/strong>: <\/p>\n<p>&#8211; Ep&iacute;grafe IAE (Impuesto de Actividades Econ&oacute;micas): Debes encuadrar tu actividad en alguna actividad de la tabla de ep&iacute;grafes de IAE proporcionado por la Agencia Tributaria.<br \/>&#8211; Direcci&oacute;n de la actividad o del local.<br \/>&#8211; Si tienes local debes comunicar los metros cuadrados afectos a la actividad.<br \/>&#8211; Fecha de comienzo de la actividad.<br \/>&#8211; R&eacute;gimen de IVA.<br \/>&#8211; R&eacute;gimen de IRPF<\/p>\n<p><strong><br \/>Darse de alta como aut&oacute;nomo: Alta en Seguridad Social <\/strong><\/p>\n<p>Tendr&aacute;s que efectuar el alta como aut&oacute;nomo en la Seguridad Social con fecha anterior (o en el mismo d&iacute;a), que la de tu inicio de tu actividad en Hacienda. De otro modo, no tendr&aacute;s opci&oacute;n a cotizar por los d&iacute;as trabajados efectivos y tendr&aacute;s que hacerte cargo de la cuota de aut&oacute;nomos mensual completa. Adem&aacute;s, ojo si vienes desarrollando actividad por tu cuenta sin estar dado de alta como aut&oacute;nomo. Puede que revisen tu caso para determinar si deber&iacute;as haber cotizado como aut&oacute;nomo con anterioridad o no.<\/p>\n<p>Este tr&aacute;mite se puede gestionar de forma online con certificado digital y se comunica:<\/p>\n<p>&#8211; <strong>C&oacute;digo CNAE<\/strong> (Clasificaci&oacute;n Nacional de Actividades Econ&oacute;micas) de la actividad. &Eacute;ste c&oacute;digo depender&aacute; del IAE elegido y se elige de un listado proporcionado por el INE.<\/p>\n<p>&#8211; <strong>Base de cotizaci&oacute;n<\/strong>. Seguridad social establece para cada a&ntilde;o una base de cotizaci&oacute;n m&iacute;nima y m&aacute;xima y entre esos l&iacute;mites se elige una base de cotizaci&oacute;n sobre la que se calcula la cuota de aut&oacute;nomo. Para este a&ntilde;o, la base m&aacute;xima de cotizaci&oacute;n es de 3.751,20 euros mensuales y la base m&iacute;nima de cotizaci&oacute;n es de 919,80 euros mensuales.<\/p>\n<p>&#8211; <strong>Mutua de Accidente de trabaj<\/strong>o. Tienes que elegir una mutua que cubra la incapacidad temporal del empresario.<\/p>\n<p>&#8211; <strong>N&uacute;mero de cuenta bancaria<\/strong> donde domiciliar la cuota mensual.<\/p>\n<p>A partir de ahora &iexcl;ya puedes ponerte manos a la obra con tu negocio! Puedes emitir facturas y recibirlas desde la misma fecha de alta.&nbsp; No olvides estas dos cosas:<\/p>\n<p>&#8211; Ahora tienes obligaciones fiscales de forma trimestral y debes llevar el control de ingresos y gastos. <\/p>\n<p>&#8211; Cada fin de mes tendr&aacute;s la domiciliaci&oacute;n de la cuota que no debes olvidar, un despiste puede ocasionarte dolores de cabeza por el recargo en la cuota o p&eacute;rdida de bonificaciones en la misma.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Hoy vamos con un tema que, en el contexto de las muchas informaciones sobre la nueva ley de aut&oacute;nomos, ha pasado desapercibida, o lo que es m&aacute;s sospechoso, no se le ha dado la cobertura que merece. 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