Nueva reforma de permisos parentales en España: 19 semanas retribuidas, retroactividad y retos para empresas y familias

En julio de 2025, el Gobierno español, fruto del acuerdo entre PSOE y Sumar, aprobó una reforma histórica en materia de conciliación: amplía los permisos por nacimiento y cuidado de hijos, introduce retribuciones adicionales y cumple (a duras penas) con la normativa europea en vigor. Esta reforma, además, llega con una sanción vencida del Tribunal de Justicia de la UE por retrasos en su implementación.


Cambios clave en la normativa

1. Permiso por nacimiento y cuidado del menor

  • Aumenta de 16 a 17 semanas retribuidas por cada progenitor, al 100 % de la base reguladora.

  • Se mantienen las seis primeras semanas obligatorias e ininterrumpidas, con las 11 restantes a disfrutar en hasta 12 meses.

2. Permiso parental retribuido

  • Se añaden 2 semanas retribuidas del permiso parental de hasta 8 semanas (hasta ahora no remuneradas), que se pueden disfrutar de forma flexible hasta que el menor cumpla 8 años.

  • Su aplicación es retroactiva para nacimientos/adopciones desde el 2 de agosto de 2024, lo que permite reclamar este pago a quienes ya lo disfrutaron sin cobrarlas.

3. Familias monoparentales

  • Tendrán 32 semanas retribuidas en total: el permiso por nacimiento (17 semanas) más las semanas parentales (2 semanas) y semanas adicionales si aplican.

  • Pueden disfrutar 4 semanas de permiso parental retribuido hasta que el menor cumpla 8 años.

4. Retroactividad y entrada en vigor

  • Publicado en el BOE el 30 de julio de 2025, entra en vigor el 31 de julio de 2025.

  • El permiso por nacimiento no es retroactivo, pero el permiso parental sí lo es —desde nacimientos a partir del 2 de agosto de 2024.


Contexto europeo y sanciones

España fue sancionada por la UE con 6,8 millones de euros por no transponer a tiempo la Directiva (UE) 2019/1158, que exige permisos parentales retribuidos e intransferibles. Los retrasos podían acarrear multas diarias de hasta 43 920 €, lo que aceleró la fórmula legal adoptada.


Reacciones y críticas

  • Podemos calificó la medida como “insignificante” e “insuficiente”, reclamando la retribución de 8 semanas parentales como exige la UE.

  • La Federación Española de Familias Numerosas (FEFN) también criticó que sólo se retribuyen dos semanas del permiso parental y pidió reconocimiento adicional para las familias numerosas.

  • Además, existe confusión legal: la distinción entre “permiso por nacimiento” y “permiso parental” ha provocado un aluvión de consultas y reclamaciones en despachos de abogados.


Implicaciones para empresas y asesores

Lo que deben conocer y aplicar:

Aspecto Detalles clave
Comunicación interna Informar a empleados con hijos nacidos/adoptados desde 2 ago 2024 sobre la retribución retroactiva.
Solicitud / Tramitación Las retribuciones parentales requieren cálculo de base reguladora y gestión ante el INSS. Puede usarse sede electrónica Import@ss.
Cotizaciones y costes La Seguridad Social sufraga las prestaciones; las empresas cubren cotizaciones y podrían recibir bonificaciones por contrataciones temporales.
Evitar errores jurídicos La confusión entre permisos exige asesoría clara: uso correcto de los términos, plazos, retroactividad, y requisitos de disfrute.

Conclusión

España ha dado un paso significativo en conciliación: eleva los permisos retribuidos, amplía derechos y subsana a medias los incumplimientos europeos. Sin embargo, persisten desafíos importantes: confusión normativa, críticas sociales, y litigios previstos. Para las empresas y asesores, la prioridad está en informar correctamente y acompañar legalmente en la aplicación de los nuevos derechos.

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