Publicación en el BOE del Real Decreto 602/2016, de 2 de diciembre, por el que se modifica el Plan General de Contabilidad aprobado por el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre; el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas aprobado por el Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre; las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas aprobadas por el Real Decreto 1159/2010, de 17 de septiembre; y las Normas de Adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos aprobadas por el Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre.
Las novedades más importantes que este Real Decreto introduce, se aplicarán para la realización de las cuentas anuales de los ejercicios que hayan comenzado a partir del 1 de enero de 2016 y son las que a continuación se mencionan:
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- 1. Simplificación de las obligaciones contables de las pequeñas y medianas empresas:
– Eliminación de la obligación de elaborar el estado de cambios en el patrimonio neto.
– Se resume la información a incluir en la memoria de: actividad de la empresa, aplicación del resultado, activos financieros, pasivos financieros, fondos propios, situación fiscal, subvenciones, donaciones y legados, ingresos y gastos y operaciones con partes vinculadas.
- 1. Simplificación de las obligaciones contables de las pequeñas y medianas empresas:
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- 2. Se aumenta el ámbito de aplicación del PGC-Pymes. Para los ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2016 los límites de total activo, importe neto de la cifra de negocios y número de trabajadores se igualan con los previstos para poder elaborar modelo abreviado de balance y memoria.
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- 3. Existe un nuevo cambio en las NFCAC sobre la exclusión y dispensa de consolidar y la nueva regulación del fondo de comercio, en línea con el tratamiento en cuentas anuales individuales.
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- 4. Cambian las normas de adaptación del PGC a las entidades sin fines lucrativos y el modelo de plan de actuación de las entidades sin fines lucrativos, con la finalidad de:
– Facultar a estas entidades para que puedan aplicar el PGC-Pymes en los mismos términos que los previstos para las empresas. Asimismo se modifican las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos.
– Recoger los cambios en materia de inmovilizado intangible.
- 4. Cambian las normas de adaptación del PGC a las entidades sin fines lucrativos y el modelo de plan de actuación de las entidades sin fines lucrativos, con la finalidad de:
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- 5. Modificación del Reglamento que desarrolla la Ley de Auditoría de Cuentas para incorporar el procedimiento sancionador abreviado previsto en la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas.
- 6. Tratamiento contable de los títulos habilitantes de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.A. Se establece que estos títulos habilitantes no serán objeto de amortización, por sus especiales características, y debería ser objeto de análisis al menos anualmente su eventual deterioro.
Este Real Decreto entra en vigor el día 18 de diciembre de 2016 y se asignará para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2016.
http://www.boe.es/boe/dias/2016/12/17/pdfs/BOE-A-2016-11954.pdf
(Publicación BOE 17 de diciembre de 2016)
Orden HFP/1970/2016 por la que se modifica el Plan General de Contabilidad Pública:
http://www.boe.es/boe/dias/2016/12/28/pdfs/BOE-A-2016-12431.pdf
(Publicación BOE 28 de diciembre de 2016)
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