Información actualizada a 9 de octubre de 2026.
El calendario de VeriFactu vuelve a ser noticia. El Ministerio de Hacienda ha anunciado su intención de aplazar hasta octubre de 2028 las obligaciones pendientes de aplicación del Reglamento de sistemas informáticos de facturación. El objetivo es coordinar su implantación con la factura electrónica obligatoria para empresarios y profesionales cuya facturación anual no supere los ocho millones de euros.
Para los pequeños negocios, el anuncio ofrece una perspectiva de mayor margen para organizar la adaptación. Sin embargo, hay un detalle fundamental: la previsión anunciada todavía debe trasladarse a la normativa.
¿El nuevo aplazamiento ya está aprobado?
La comunicación de Hacienda, publicada el 5 de octubre de 2026, se presenta como una previsión de modificación de los plazos. La Agencia Tributaria también la recoge con esa denominación.
A fecha de este artículo, el texto vigente del Real Decreto 1007/2023 sigue estableciendo las siguientes fechas para los obligados incluidos en su ámbito de aplicación:
| Tipo de obligado | Fecha prevista en la normativa vigente |
|---|---|
| Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades | Sistemas adaptados antes del 1 de enero de 2027 |
| Resto de obligados, incluidos los autónomos afectados | Sistemas operativos antes del 1 de julio de 2027 |
Por tanto, octubre de 2028 debe entenderse como el horizonte anunciado por Hacienda, pendiente de la aprobación y publicación de la modificación correspondiente.
¿Por qué se plantea otro retraso?
Hacienda quiere aproximar los calendarios de dos cambios que afectan a la facturación de los negocios: los requisitos de los programas de facturación y la factura electrónica obligatoria.
La intención es favorecer una implantación coordinada, tanto en la normativa como en los aspectos técnicos. El Ministerio también prevé abordar posteriormente ajustes para acercar ambos sistemas, manteniendo sustancialmente las garantías de seguridad de los registros.
VeriFactu y factura electrónica: dos obligaciones diferentes
Aunque suelen aparecer juntas en las noticias, conviene distinguirlas.
El Reglamento de sistemas informáticos de facturación establece cómo deben funcionar los programas para garantizar la integridad, conservación y trazabilidad de los registros. Dentro de este marco, VERI*FACTU es la modalidad que remite los registros de facturación a la Agencia Tributaria.
La factura electrónica se refiere a la emisión, transmisión y recepción de las facturas en formato electrónico. Coordinar sus calendarios no significa que ambas obligaciones sean idénticas ni que cumplir una permita dar por cumplida automáticamente la otra.
¿Qué pueden hacer ahora empresas y autónomos?
La recomendación práctica es mantener la preparación y ajustar las decisiones cuando se concrete el nuevo calendario.
Este periodo puede aprovecharse para:
- Consultar con la asesoría qué obligaciones afectan al negocio.
- Preguntar al proveedor de software cómo plantea la adaptación a ambos sistemas.
- Revisar los datos de clientes y los procedimientos de facturación.
- Planificar las pruebas y la formación de las personas que emiten facturas.
Para quienes ya han adaptado su programa, conviene consultar con el proveedor qué actualizaciones podrían necesitar cuando se aprueben los ajustes anunciados.
El mensaje para pymes y autónomos es claro: Hacienda plantea más tiempo para la transición, pero la adaptación sigue en marcha. Prepararla con calma y seguir las publicaciones oficiales permitirá tomar decisiones con un calendario confirmado.
